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Este artículo fue curado por Leonardo Olaya   Feb 27, 2024 - 9:27 am
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Los contribuyentes que quieran obtener el 10 % de descuento en el pago del impuesto predial de Bogotá, vigencia 2024, tienen una fecha límite para hacer el pago establecida por el Ministerio de Hacienda.

Si desea pagar el predial tiene oportunidad de hacerlo hasta el 26 de abril con este descuento y evitar sanciones por mora.

En caso de que desee realizar el pago sin descuento, la fecha máxima para hacerlo es el 14 de junio.

(Vea también: ¿Impuestos en Bogotá subirán más de lo normal? Respuesta del alcalde Galán lo deja claro)

Además de estas fechas, tenga en cuenta las del Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario:

  • Declaración inicial: 10 de mayo.
  • Pago Cuota 1: 7 de junio.
  • Pago Cuota 2: 9 de agosto.
  • Pago Cuota 3: 4 de octubre.
  • Pago Cuota 4: 6 de diciembre.

Descargue el cupón de pago para quedar al día con el impuesto predial ingresando a este enlace

Con el pago de impuestos aporta a la financiación de programas, obras y el bienestar de los habitantes de Bogotá.

Es importante recordar que los beneficiarios del llamado Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC), se acogieron desde el 26 de mayo de 2023 a este beneficio y comenzaron a pagar sus abonos, cada dos meses, desde el 9 de junio.

El impuesto predial con descuento o por cuotas puede pagarlo en bancos autorizados, pero también podrá cancelar esta obligación tributaria a través del botón de pagos de la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH).

Es clave saber que, al comprar una propiedad, un colombiano además de incrementar su patrimonio adquiere varios compromisos con el municipio donde está ubicado el inmueble.

Entre ellos está el impuesto predial, uno de los más costosos vía valorización, pero que también es clave para las administraciones municipales y en ciudades, como el caso de Bogotá.

Este es el tributo que tiene una propiedad, inmueble o predio por el hecho de estar ubicado en una zona del país. Es decir, por el solo hecho de tener acceso a una porción de tierra, el dueño de cualquier propiedad (o contribuyente) está obligado a pagar un impuesto predial o un impuesto predial unificado (IPU).

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Con este, los municipios y ciudades tienen como objetivo la distribución de riqueza, a partir del cobro progresivo, sobre una base gravable y tarifas actualizadas.

Por ello el pago está a cargo del propietario de la vivienda, el poseedor o el usufructuario de predios en Colombia.

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