La cartera de Transporte indicó que con la actualización de esos requisitos podrán llegar al país nuevos cascos que cuentan con los máximos estándares de seguridad a nivel mundial.

Aunque muchos creyeron que el cambio de casco era obligatorio, el Ministerio señaló que no es así y que los cascos vigentes ya se venden con normas de seguridad aptas en todas partes.

Sin embargo, esa cartera aclaró que los cascos que no cumplan con una protección completa deberán tener una etiqueta que advierta al conductor o pasajero que lo usa.

Particularmente, esa cartera planteó el caso de los cascos que no ofrecen protección en la barbilla. Esos cascos deberán tener una etiqueta que lo aclare o de lo contrario el motero se expone a una multa por no tener un elemento de seguridad apto.

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“Los cascos que cumplan con el reglamento establecido deberán incluir en la etiqueta, además de los datos establecidos en el artículo 6 de la resolución 1080 de 2019, la indicación de no protección de la barbilla en caso de que no la ofrezca”, añadió el Ministerio, en palabras recogidas por El Tiempo.

No usar casco o usar uno que no está permitido puede llevar a una multa de 580.000 pesos, según lo estipula el Código de Tránsito.

Cuáles son los cascos de motos aptos para ser usados en Colombia

La actualización del Ministerio adopta el Reglamento Número 22 de Naciones Unidas, que trae al país una nueva alternativa de seguridad para los que no gusten de las que hay actualmente. Esa nueva certificación es la R22.06.

En la actualidad, los motociclistas están obligados a que sus cascos cumplan con, por lo menos, uno de los siguientes certificados de seguridad que son aprobados por el Ministerio de Transporte:

  • ECE 22-05.
  • Certificación DOT.
  • NTC 4533.
  • R22.06 (nuevo).