El pago anual del impuesto sobre los vehículos automotores, y su respectiva declaración, recae en aquellos propietarios de carros, motos y otros tipos de automóviles.

Para realizar la liquidación del vehículo debe seguir el proceso habilitado por cada departamento del país, según el lugar donde se encuentre matriculado. A continuación, encontrará todo lo que debe saber sobre el trámite:

¿Qué debe tener en cuenta para realizar el pago del impuesto vehicular?

La Secretaría de Hacienda de Bogotá, en la Resolución No. 20203040025055 del 30 de noviembre de 2020, presentó una tabla en la que se puede establecer las características del vehículo.

Para ubicar más fácilmente el tipo de vehículo, puede identificar primero el grupo al que pertenece:

  • Vehículos automóviles
  • Camionetas y camperos
  • Camionetas doble cabina
  • Vehículos eléctricos
  • Motocicletas (motocarros, cuatrimotos, mototriciclos y motocarros eléctrico)
  • Vehículos de pasajeros
  • Vehículos de cargas
  • Ambulancias
  • Híbridos.

De acuerdo con eso, podrá encontrar el valor base gravable según el modelo del mismo.

Por otro lado, para realizar el trámite tenga a mano su licencia de transito, certificado de tradición del vehículo y/o declaraciones de años anteriores.

Si mi vehículo no está gravado con el impuesto, ¿debo pagar?

Sí, todo vehículo matriculado en la capital debe realizar el pago de los derechos de semaforización. Por lo que, debe seguir los mismos pasos de la realización del trámite de pago de impuestos.

¿Cuándo se debe pagar?

Para el pago del impuesto vehicular de este año se tendrá en cuenta el último carácter de la placa del automotor, tal como se muestra a continuación:

Último carácter de la placa Fecha límite de pago
0-1 7 de mayo de 2021
2-3 10 de mayo de 2021
4-5 11 de mayo de 2021
6-7 12 de mayo de 2021
8-9 13 de mayo de 2021
A-Z 14 de mayo de 2021
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¿De cuánto es el descuento por pronto pago?

Los contribuyentes del impuesto que paguen dentro de los plazos establecidos tendrán derecho a un descuento del 10 % sobre el valor a pagar.

Por el contrario, en el caso que no pueda pagar en las fechas correspondientes, recuerde que la fecha máxima de pago sin sanción será el 25 de junio de 2021.

¿Cómo pagar el impuesto vehicular por internet?

En la página web de la Secretaría de Hacienda de Bogotá se habilitó una oficina virtual, la cual permite generar la declaración o el Recibo Oficial de Pago (ROP), tras hacer clic en la opción ‘vehículos’. Tenga presente que debe llenar un formulario en el que le pide información como el número de placa, el tipo y número de documento, el año y el trámite específico que desee solicitar.

Si desea hacer el pago de una forma más tradicional, puede hacerlo siguiendo todos los protocolos de bioseguridad, y teniendo en cuenta la medida del pico y cédula, en los otros sitios autorizados para el pago de impuestos, los cuales son:

  • Bancolombia
  • Banco de Bogotá
  • Banco Popular
  • Banco de Occidente
  • Banco BBVA
  • Banco GNB Sudameris
  • Davivienda
  • Banco AV Villas
  • Vía Baloto
  • Cajas del Grupo Éxito
  • Moviired
  • Full Carga
  • Gelsa

Si mi vehículo no está matriculado en Bogotá, ¿cómo pago el impuesto vehicular?

Debe dirigirse al sitio web de la gobernación, donde se encuentre registrado su vehículo. Santander, Antioquia, Valle del Cauca, entre otros departamentos, habilitaron su respectiva plataforma para realizar el trámite.

Por ejemplo, la gobernación de Cundinamarca tiene habilitadas 10 salas virtuales en las que podrá ser atendido por un funcionario de la dirección de rentas del departamento.

¿Debo pagar el impuesto si mi vehículo fue robado?

Si realizó el trámite respectivo de cancelación de matrícula en los Servicios Integrales para la Movilidad (SIM), no. Por el contrario si no lo hizo, la obligación tributaria de declarar y pagar el impuesto sobre vehículos automotores seguirá vigente.