A la alerta para clientes de Bancolombia, Davivienda y más se le suma un llamado de atención para quienes transfieren frecuentemente dinero entre sus propias cuentas o billeteras digitales.
El aviso es porque puede alcanzar el umbral de movimientos brutos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) establece para estar obligada a declarar renta, incluso si no ha recibido ingresos nuevos.
Así, de acuerdo con un seguimiento de El Tiempo al tema, a pesar de que parezca común mover dinero entre Nequi, Daviplata o dale!, la Dian considera que las consignaciones, depósitos o inversiones financieras constituyen uno de los criterios para declarar renta.
En el año gravable 2024, el límite fijado para que una persona natural deba declarar es de 65’891.000 pesos, lo que equivale a 1.400 UVT. Esta cifra incluye no solo ingresos sino también movimientos como consignaciones bancarias, depósitos y otros flujos financieros en cuentas propias o billeteras.
Cuando alguien recibe dinero en su cuenta y luego lo transfiere a una billetera digital o a otra cuenta de la misma persona, cada movimiento es reportado como una consignación nueva. De esta manera, sostener depósitos repetidos del mismo origen puede sumar montos elevados que sobrepasen el tope establecido.
Por ejemplo, si un trabajador recibe ingresos en su cuenta bancaria y transfiere parte o la totalidad a una billetera virtual cada mes, al cerrar el año el acumulado de consignaciones puede superar el umbral establecido aun cuando sus ingresos no lo hagan. Por ello podría quedar obligado a presentar declaración de renta.
Es importante aclarar que estar obligado a declarar no significa automáticamente que habrá impuesto por pagar. Simplemente la obligación formal de declarar se activa al superar cualquiera de los criterios definidos por la Dian.
“Si son traslados en el mismo individuo, no generan impuesto; allí no hay incremento patrimonial”, explicó el exdirector de la Dian, Jairo Villabona, replicado en el mencionado diario.
Incluso, según la misma publicación, Davivienda señaló que las transferencias internas entre depósitos de la misma persona son excluidas del reporte como ingreso adicional, pues se consideran que solo se mueve el mismo capital.
Lo cierto es que es un aviso para quienes usan activamente billeteras digitales o ejecutan múltiples movimientos entre propias cuentas, ya que deben revisar cuidadosamente sus extractos y considerar el efecto acumulado de esos movimientos. Llevar soporte de las transacciones y su justificación es clave para evitar sorpresas al presentar la declaración ante la Dian.
¿Quiénes deben declarar renta en Colombia?
Estos son los criterios para saber quiénes deben declarar renta como persona natural en Colombia:
- Tener ingresos brutos iguales o superiores a 65’891.000 pesos durante el año gravable 2024.
- Poseer un patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2024 igual o superior a 211’793.000 pesos.
- Haber hecho consumos con tarjeta de crédito o compras totales por montos iguales o superiores a dicho límite de 65’891.000 pesos.
- Haber efectuado consignaciones, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores al mismo monto de 65’891.000 pesos.
- Ser responsable del Impuesto sobre las Ventas (IVA) al cierre del año gravable.
Estos criterios son independientes: si cumples por lo menos uno de ellos, estás obligado a presentar la declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Si no cumples ninguno, en principio no estás obligado a declarar.
Es importante destacar que estar obligado a declarar no implica automáticamente que debas pagar impuesto adicional; puede salirte saldo a favor o nada que pagar. Lo crucial es cumplir con la presentación dentro del plazo para evitar sanciones.
¿Cómo hacer la declaración de renta en Colombia?
Estos son algunos pasos para hacer la declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) en Colombia:
- Asegurarse de estar inscrito y tener usuario activo en el RUT (Registro Único Tributario). Luego ingresa a la plataforma de la DIAN como “Usuario Registrado”.
- Reunir todos los certificados de ingresos, retenciones, certificados bancarios, extractos de cuentas y de inversiones del año gravable correspondiente, así como información del patrimonio al 31 de diciembre.
- Ingresar al formulario correspondiente (como el formulario 210 para personas naturales) dentro del portal de la DIAN, selecciona el año gravable, responder si es residente fiscal y completar los datos solicitados o aceptar la declaración sugerida.
- Una vez diligenciada la declaración, presentar virtualmente y, si resulta saldo a pagar, generar el Formulario 490 para efectuar el pago. El pago puede hacerse por medios electrónicos mediante botón de pago que redirige al banco o de forma presencial en las entidades autorizadas.
- Verificar el calendario tributario dispuesto por la Dian según los últimos dígitos del documento de identificación. Presentar fuera del plazo puede llevar sanciones económicas.
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