La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó mediante un comunicado de prensa que habilitó la inscripción en el RUT (Registro Único Nacional) a las compañías internacionales.

Esta resolución busca la “declaración y pago del Impuesto sobre las ventas (IVA) para los prestadores de servicios desde el exterior”.

De acuerdo con la DIAN, su página web (www.dian.gov.co) tendrá un formulario en la sección de ‘Sistema de PQRS’ en inglés y español, para facilitar el trámite.

La entidad explicó en el comunicado que el pago será bimestral y las empresas que facturen en dólares o en otra moneda diferente al peso colombiano “deberán consolidar los ingresos generados por el servicio y el IVA facturado para después convertirlos a la moneda colombiana”.

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“En estos casos, se tendrá en cuenta la tasa de cambio representativa del mercado -TRM vigente el día de presentación de la declaración, certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia”.

La DIAN también declaró que las compañías del exterior deben cobrar el IVA cuando los usuarios o destinatarios de su servicio sean colombianos. Además, explicó que “deberán establecer controles para exigir que el pago se efectúe con tarjeta de crédito o débito, o desde cuenta bancaria colombiana” cuando la dirección IP se ubique en Colombia o cuando la tarjeta SIM del suscriptor es colombiano.

El ente, por último, indicó que este tipo de empresas podrán “optar voluntariamente” por acogerse al Sistema de Retención en la Fuente, sin quedar exentos del pago del IVA.