El documento (decreto 818) establece que teniendo en cuenta que la pandemia llevó a la cancelación de eventos como conciertos, obras de teatro y funciones de cine, era necesario tomar medidas con el fin de que los empresarios de este sector (uno de los más afectados por la crisis) puedan responderles a sus clientes por los recursos que pagaron, por lo que les amplió el plazo para hacerlo.

“Podrán realizar la devolución o el reembolso de los derechos de asistencia a los espectáculos efectivamente cancelados, aplazados o reprogramados, durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud con ocasión de la pandemia derivada del COVID-19 y hasta por un año más”, agrega el decreto.

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Teniendo en cuenta que la declaratoria de emergencia sanitaria por la enfermedad va hasta el próximo 31 de agosto, sería hasta ese mismo día, pero en 2021, el plazo máximo para que le regresen la plata del concierto, obra de teatro u otras actividades culturales que no fueron; sin embargo, como los casos de infectados en el país van aumentando, es muy posible que también se amplíen las restricciones, por lo que la plata podría tardarse un poco más, indicó Blu Radio.

La medida, de acuerdo con el decreto firmado por el presidente Iván Duque y todo el gabinete ministerial, se toma con el fin de garantizar los derechos de los asistentes a los espectáculos, y disminuir la presión de caja de los productores y operadores de boletería.

En el mismo documento, el Gobierno les dio beneficios a estas actividades culturales sobre la tarifa de retención en la fuente, excluyó del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a algunas actividades y estableció nuevos plazos para la declaración y el pago de la contribución parafiscal de espectáculos públicos.