La semana pasada, el Departamento Administrativo de la Función Pública emitió una circular que ordenaba a las entidades estatales firmar contratos de ese tipo solo hasta abril del próximo año. La idea de acabar con ese tipo de contratación de un plumazo provocó controversia.

(Lea también: Más de 6.000 personas iniciarían 2023 sin empleo en Colombia; hay lío con sus contratos)

El Ministerio del Trabajo evidenció falencias en el cambio que pretende llevar a cabo Gustavo Petro en los primeros meses de 2023. La ministra Gloria Inés Ramírez envió una carta para sugerir que los contratos de prestación de servicios no pueden acabar este año porque no hay los recursos necesarios para que los contratistas sean de planta.

Ante el choque de apreciaciones, Función Pública emitió otra circular para señalar bajo qué condiciones las entidades del Estado podrán suscribir contratos de prestación de servicios a partir de ahora.

Contratos de prestación de servicios no serían eliminados

De acuerdo con el documento citado por W Radio, solo se pueden suscribir contratos de prestación de servicios por más de cuatro meses cuando se necesite una experticia o conocimiento especializado con el que no se cuente en la planta de personal, cuando el contratista sea una mujer en estado de gestación, en licencia de maternidad o que tengas limitaciones de salud.

Además, se establece que en el caso de suscribir contratos de prestación de servicios por más de cuatro meses debe existir una justificación detallada y argumentar por qué esa función no puede ser cumplida por la planta permanente.

Lee También

Otro de los cambios que anunció Función Pública es que una persona solo podrá suscribir un contrato a la vez. No podrá tener varias vinculaciones de manera simultánea. 

Finalmente, se establece que los contratos firmados por cuatro meses podrán renovarse, pero solo en el momento en que sea absolutamente necesario para evitar suspensiones de servicios.