
Para muchas personas no hay nada más frustrante que quedarse sin internet cuando más lo necesita, ya sea por cuestiones como fallas técnicas, robo de fibra óptica o cortes inesperados de luz.
(Vea también: ETB dio aviso a usuarios de su Internet hogar por problema que han tenido en últimos días)
Aparte de la rabia por quedarse sin señal, la frustración para los usuarios llega cuando deben reclamarles a los operadores por la mala prestación del servicio. Pero, ¿sabía que la ley le da derecho a una compensación si las caídas superan cierto tiempo?
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) establece en la Resolución 5050 de 2016, que los operadores deben compensar automáticamente a los usuarios cuando el servicio se interrumpe por más de dos horas y media dentro de un mes. Además, si las fallas persisten, puede cancelar el contrato sin pagar penalización.
“El usuario de los servicios de internet y/o telefonía tiene derecho a recibir una compensación automática por falta de disponibilidad de los servicios de comunicaciones”, aclara la ley.
El Tiempo explicó que, en caso de interrupciones en la telefonía móvil, el usuario recibirá un mensaje SMS notificándole el tiempo compensado. Para los clientes pospago, el descuento aparecerá en la siguiente factura; mientras que en los planes prepago, se verá reflejado 30 días después.
Si el problema es con el internet o la telefonía fija, la CRC ordena que la compensación sea el doble del dinero correspondiente al tiempo sin servicio. En los planes prepago, se otorga el doble de la capacidad de comunicación perdida.
Finalmente, en el caso de la televisión por suscripción, si la interrupción supera las 16 horas, el operador debe aplicar la compensación sin que el usuario la solicite. Además, si no está conforme con el descuento, puede presentar una PQR en cualquier momento.
* Pulzo.com se escribe con Z
LO ÚLTIMO