Para la Asociación Colombiana de Administradoras de Pensiones y Cesantías (Asofondos) el artículo 84 del Plan Nacional de Desarrollo que contempla modificar las reglas para hacer efectivos los traslados es un “regalo” que generaría que el Estado aumente su gasto en subsidios pensionales.

El traslado de fondo de pensión en personas con edad de jubilación también aumentaría la inequidad pensional y esos recursos podrían invertirse en 1.700 adultos mayores en situación de pobreza, dijo a la W Radio el presidente de Asofondos, Santiago Montenegro.

El gremio advirtió que el perfil de los beneficiados con la aprobación de ese artículo sería un grupo de personas con ingresos entre 4 y 25 salarios mínimos (3.300.000 y 20.700.000 pesos).

Además, Asofondos señaló que 40.000 personas más no podrían pensionarse por tomar erróneamente la decisión de trasladar sus ahorros.

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Actualmente, la Ley 797 de 2003 dicta que una persona podrá trasladar sus ahorros de un fondo a otro hasta con 10 años de anticipación a la edad de jubilación, que para los hombres es de 62 años y para las mujeres de 57. Es decir, hoy una mujer puede hacer efectivo su traspaso hasta los 47 años y los hombres, hasta los 52.

El artículo del PND que modificaría estas reglas plantea que los hombres mayores de 52 años y mujeres mayores de 50 puedan trasladarse durante los próximos 4 meses a partir de la expedición de la Ley si creen que no contaron con la doble asesoría necesaria, por parte de los prestadores del servicio, para haber tomado una decisión.