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Escrito por:  Julian Bermúdez
Editor     Oct 19, 2024 - 5:25 pm

Luego de 6 semanas de debates en las que hubo ausencias, peleas, se cayeron artículos y otros muy cuestionados salieron adelante, la reforma laboral que propone el Gobierno tuvo luz y, con ello, la ilusión de varios trabajadores que esperan por estos cambios.

Además del aumento en el pago de los recargos nocturnos y los dominicales, hay un artículo enfocado a las empleados que tienen contratos a término fijo con las empresas.

El artículo 6 de la reforma laboral estableció nuevas restricciones a los contratos a término fijo, estableciendo límites a su duración y renovación. el texto indica que este tipo de contratos se podrán celebrar a un término no mayor a cuatro años y que estos deben celebrarse por escrito. En caso de que se incumpla esta condición, automáticamente pasará a ser un contrato a término indefinido.

Además, la reforma laboral introduce dos modalidades de prórrogas para los contratos a término fijo: la prórroga pactada y la prórroga automática. La primera de estas modalidades requiere que, cuando un contrato tenga una duración inferior a un año, ambas partes, empleador y empleado, acuerden por escrito la extensión del mismo tantas veces como consideren necesario. Sin embargo, una vez que se haya realizado una tercera prórroga, no se permitirá renovar el contrato por un periodo menor a un año.

En lo que respecta a la prórroga automática, esta se activará si ninguna de las partes comunica su intención de finalizar el contrato 30 días antes de su vencimiento. En ese caso, el contrato se renovará automáticamente por un periodo igual al originalmente establecido o al de su última prórroga, dependiendo de cuál sea el aplicable.

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Es importante señalar que esta norma también se aplicará a los contratos con una duración inferior a un año. Sin embargo, en este contexto, la cuarta prórroga automática se extenderá por un periodo de un año completo.

De esta forma, la reforma busca establecer un marco más claro y predecible para la gestión de los contratos a término fijo, promoviendo acuerdos entre las partes y facilitando la continuidad laboral en diversas circunstancias.

El Ministerio de Trabajo, en un comunicado, lo sintetizó así: “Cuando el contrato de trabajo no cumpla las condiciones y requisitos previamente mencionados, se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación labora”.

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El tercer debate de la reforma laboral se llevará a cabo en la Comisión Séptima del Senado, un momento crucial, especialmente porque en este mismo escenario se rechazó recientemente la reforma a la salud. No obstante, se deberá esperar un plazo mínimo de 15 días antes de que este proceso pueda comenzar.

La llegada de la reforma laboral a la plenaria del Senado no será sencilla, ya que en la Comisión Séptima hay varios senadores de partidos opositores que estarán atentos a todo lo que se discuta y evalúe en la Cámara. Esto añade un nivel de complejidad al proceso, dado el enfoque crítico que se anticipa.

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Aún quedan dos debates por delante, donde, además de discutir los puntos que ya han sido aprobados, se espera que se reintroduzcan algunos aspectos que son considerados clave para el Gobierno. Uno de estos temas relevantes es el de los ajustes laborales destinados a trabajadores del sector agropecuario.

En este contexto, el futuro de la reforma dependerá en gran medida de las dinámicas políticas y de las negociaciones que se desarrollen en estos debates restantes, lo que podría influir en su aprobación final.

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