Las condiciones para quienes deben multas de tránsito o tienen deudas con la Dian cambiarán en los próximos meses por cuenta de la reforma tributaria que será sancionada por el presidente Iván Duque.

La nueva reglamentación les reduce hasta en un 50 % el monto de la deuda a los morosos por comparendos e infracciones de tránsito, exigibles hasta antes del 30 de junio de 2021. Es decir, usted tendrá derecho si lo multaron previo a dicha fecha.

Pago de comparendos: cómo será por la nueva reforma tributaria

El texto de la reforma establece que si el deudor paga dentro de los 4 primeros meses siguientes a la entrada en vigor de la norma, pagarán solo el 50 % del capital y no le cobrarán intereses. El descuento se puede reducir para quienes paguen los meses siguientes. (Vea también: Los cambios que le harán al RUT, para declaración de renta, por nueva reforma tributaria)

Este beneficio no aplica para quienes hayan recibido multas por conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas.

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La otra rebaja importante tiene que ver con las deudas que tienen los colombianos ante la Dian. Según el texto de la reforma, replicado por El Tiempo, quienes tengan obligaciones pendientes por pagar y se pongan al día antes del 31 de diciembre de 2021 reducirán los intereses moratorios.

El beneficio funcionará así:

  • Las sanciones se reducirán un 20 % según lo dispuesto en las normas aduaneras, tributarias y cambiarias.
  • La tasa de interés moratoria se aplicará equivalente al 20 % de la tasa de interés bancario corriente. Según el texto aprobado, se tendrá en cuenta la tasa de créditos de consumo y ordinarios que fija la Superintendencia Financiera.