A través de un comunicado, los deudores de la Dian tendrán beneficio para pagar con muy baja tasa. Este cambio ya aplica y los interesados deben cumplir una serie de requisitos.
Según la entidad, el Gobierno Nacional estableció en el Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026 mecanismos extraordinarios que permitirán a los contribuyentes en mora normalizar parte de sus deudas.
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De esta manera, los deudores de la Dian tendrán beneficio para pagar con muy baja tasa y, de esta manera, ponerse al día mientras se mantiene vigente la emergencia económica, social y ecológica declarada en varias regiones del país.

Indicó la Dian que los contribuyentes que a 31 de diciembre tuvieran deudas tributarias, aduaneras y cambiarias podrán aplicar a la tasa especial en intereses de mora del 4,5 % y pagar, únicamente, el 15 % del monto de sanciones.
Lo anterior se dará siempre y cuando este no sea inferior a la sanción mínima que corresponde a 10 UVT, es decir, $ 524.000, según la normativa vigente.
Deudores de la Dian tendrán beneficio para pagar con muy baja tasa y aprovechar otros beneficios
Agrega la comunicación de la Dian que, para acceder a este beneficio, se deberá cancelar el 100 % del valor del capital de la deuda.
Además de que los deudores de la Dian tendrán beneficio para pagar con muy baja tasa, el decreto establece también un beneficio para quienes no hayan presentado declaraciones, es decir, que son omisos, o para aquellos que necesiten corregirlas, pagando solamente el 15 % de la sanción correspondiente, sin necesidad de liquidar intereses de mora.
“Los contribuyentes que deseen acogerse a estos beneficios deberán hacerlo antes del 30 de abril del presente año”, complementa la Dian.

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La entidad dijo finalmente que invita a los contribuyentes con obligaciones pendientes “a aprovechar estas condiciones especiales, que presentan una oportunidad excepcional para normalizar su situación fiscal con menores costos y contribuir al financiamiento de las acciones que adelanta el Estado para atender la emergencia”.
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