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Escrito por:  Sebastian Alfonso
Subeditor     May 6, 2025 - 1:05 pm

El impuesto vehicular en Bogotá es un tributo anual obligatorio para los propietarios de vehículos matriculados en la ciudad, incluyendo motocicletas. Es recaudado por la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH). 

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Los fondos se destinan a financiar obras públicas como infraestructura vial, movilidad, educación y salud. La SDH ofrece un descuento del 10 % a quienes paguen antes del 16 de mayo, mientras que el plazo máximo sin sanciones es el 25 de julio, incluyendo los derechos de semaforización. Sin embargo, no todas las motos están sujetas a este impuesto y el monto varía según el valor comercial.

¿Qué motos deben pagar impuesto vehicular en Bogotá?

Según el Decreto 352 de 2002, las motocicletas con motor de hasta 125 cc están exentas del impuesto vehicular, pero deben pagar los derechos de semaforización, que en 2025 ascienden a $ 108.232. 

En cambio, las motos con cilindraje superior a 125 cc sí están gravadas. El cálculo del tributo depende del valor comercial del vehículo, establecido por el Ministerio de Transporte, y se aplica una tarifa escalonada: 

  • 1,5 % para motos valuadas hasta $ 55’679.000
  • 2,5% para valores entre $ 55’679.001 $ 125’274.000
  • 3,5% para las que superen los $ 125’274.000. 

Por ejemplo, una moto con un avalúo de $ 60 millones pagaría un impuesto de $ 1’500.000 (2,5 %), más los derechos de semaforización.

Motos en Bogotá / Getty
Motos en Bogotá / Getty

El cálculo del impuesto vehicular para motos se basa en varios factores definidos por la normativa vigente. Primero, el avalúo comercial, determinado anualmente por el Ministerio de Transporte en noviembre del año anterior, refleja el valor del vehículo según su marca, modelo y características. 

Luego, se considera la clase de vehículo (motocicleta en este caso) y su cilindraje, que determina si está exenta o no. 

Finalmente, se aplica la tarifa según el valor comercial: 1,5 %, 2,5 % o 3,5 %. A este monto se suman los derechos de semaforización, obligatorios para todas las motos.

¿Cómo saber si mi motocicleta debe pagar el impuesto vehicular?

Para confirmar si su motocicleta está sujeta al impuesto vehicular, la SDH ofrece una consulta gratuita a través de su Oficina Virtual. Solo necesita el número de placa y el documento de identidad del propietario. 

Las personas jurídicas deben ingresar el NIT sin el dígito de verificación. Si el vehículo tiene varios propietarios, puede buscar la factura con los datos de cualquiera de ellos. En caso de que el propietario haya fallecido, se usa la placa y el documento del titular registrado a inicios de 2025. Este proceso permite descargar la factura y conocer el monto exacto a pagar.

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¿Dónde y cómo pagar el impuesto vehicular en 2025?

La SDH facilita el pago del impuesto vehicular mediante diversos canales. La plataforma “Pagos Bogotá” permite hacer el trámite en línea a través de PSE (débito de cuentas de ahorros o corrientes) con bancos como Bancolombia, Davivienda, BBVA, Banco de Bogotá, Banco AV Villas y Banco de Occidente, o con tarjetas de crédito Visa, MasterCard, American Express (Bancolombia) y Diners (Davivienda).

También se puede pagar mediante medios electrónicos bancarios, como cajeros automáticos, sitios web o corresponsales bancarios (Éxito o PagaTodo). Para pagos presenciales, están autorizadas las sucursales de Bancolombia, Davivienda, BBVA, Banco de Bogotá, Banco AV Villas y Banco de Occidente. Además, gracias a un convenio con Davivienda, los usuarios de Daviplata pueden pagar de forma ágil y sin costos adicionales.

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