Esta es de las primeras sentencias dictadas en el Tolima donde se protege a los animales como seres sintientes y la cual fue proyectada por Juan Sebastián Castañeda, en cuyo fallo aseguró en un aparte que, analizando el comportamiento del condenado, “transgrede sin justa causa el bien jurídico de los derechos de los animales, si se tiene en cuenta que el sentenciado desplegó actos ejecutivos idóneos con el fin de cegar la existencia del canino, movido por sentimientos de total desprecio por las demás formas de vida con las que confluimos en el planeta que rayan en lo irracional”.

Asimismo, argumentó que dicho comportamiento es reprochable, con el agravante que lo cometió en presencia de menores de edad. Se destaca en la sentencia que al condenado se le prohíbe por un año el ejercicio de la profesión o tenencia de animales (caninos).

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El 26 de enero de 2021 en la Finca San Isidro, estaba el canino Tonto, junto con unos menores de edad. Al sitio llegó Miller Fernando López Bonilla porque el canino había sacado de la casa a una perra que estaba en calor. El sujeto, hacia las 4:30 de la tarde de ese día, llegó a bordo de un caballo y con una escopeta en mano, desconociendo lo que había ocurrido entre los dos perros, sin mediar palabra le disparó al animal en presencia de los menores que estaban en el sitio. 

Tonto recibió un disparo en la pata delantera y el costado derecho, se estaba desangrando. Las niñas que lo acompañaban gritaron para que les ayudaran con el perro. El canino fue llevado hasta Rovira y de allí trasladado a Ibagué, donde murió hacia las 6 de la tarde.

Según la historia clínica de la Veterinaria Guau, el ‘peludito’ sufrió un trauma en el tejido óseo, en el tejido blando, recibió una bala en la región escapulohumeral y falleció a las 6 por un paro respiratorio.

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Otras decisiones 

Según el fallo, contra el sentenciado de 48 años de edad procede, además:

• Le concedieron el subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, por tal razón no estará en prisión.

• Deberá pagar cinco salarios mínimos legales vigentes para la época de los hechos.

• Quedó inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas durante un año.

• Se dispuso la destrucción del arma hechiza incautada.