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El 30 de diciembre de 2025, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Pereira emitió una sentencia que ordenó al senador Juan Pablo Gallo Maya retractarse y rectificar públicamente una publicación de Instagram por causar daño al buen nombre y honra de Luis Carlos Ramírez Múnera, quien es representante legal de la sociedad RR Editores y director del periódico Diario del Otún. Según lo expresado en el fallo, el juez consideró que la publicación difundida por Gallo el 19 de agosto de 2025 tuvo una clara intencionalidad perjudicial y fue presentada de manera tendenciosa, lo cual agravó su impacto, especialmente por haber permanecido visible durante 34 días en la red social.
El conflicto que hoy ocupa el interés judicial nació a raíz de la publicación periodística ‘Los líos de Gallo’, publicada el 26 de marzo de 2025 por el Diario del Otún, dentro de un especial con motivo de aniversario. En ese texto, el medio realizó un recuento de los procesos judiciales en los que el exalcalde y actual senador se ha visto involucrado. Gallo, inconforme con el contenido, solicitó primero la rectificación y después recurrió a una acción de tutela, la cual fue inicialmente negada por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Pereira. No obstante, luego de la apelación, el Tribunal Superior de Pereira ordenó modificar la publicación, aclarando que al momento de difundirse uno de los procesos judiciales referidos ya lo había favorecido.
En respuesta, el Diario del Otún cumplió con la rectificación ordenada por la justicia el 18 de agosto del mismo año. Sin embargo, al día siguiente, Gallo publicó en Instagram expresiones ofensivas contra el medio y aseguró que la rectificación se debió a información injuriosa, tergiversando el sentido real del fallo, pues la actualización solamente fue exigida porque algunos datos estaban desactualizados y no porque hubiera existido calumnia o falsedad. La publicación de Gallo permaneció fija por más de un mes en su perfil, lo que extendió aún más el alcance del daño reputacional hacia el periódico.
Ante esta conducta, Luis Carlos Ramírez Múnera formalizó primero un derecho de petición solicitando al senador la rectificación en redes, argumentando que ningún fallo había declarado injuriosa la nota original y que tampoco existían procesos penales por esta causa contra el diario. Sin obtener respuesta en el plazo legal, se instauró una nueva acción de tutela; aunque Gallo contestó fuera de tiempo, se negó a rectificar argumentando que no era procedente la solicitud.
El juez finalmente tuteló los derechos fundamentales al buen nombre y la honra de Ramírez Múnera, ordenando a Gallo Maya la retractación inmediata por el mismo canal donde emitió la publicación. Paralelamente, el senador buscó que se declarara el desacato de la rectificación hecha por el Diario del Otún, pero el Juzgado Quinto Civil confirmó que el medio había cumplido de forma precisa con la orden impartida, incluso efectuando una nueva publicación para corregir errores menores.
Además, el fallo advirtió que la prolongada vigencia del mensaje y los numerosos seguidores del senador amplificaron el impacto negativo sobre la reputación del diario, haciendo indispensable la intervención judicial para tutelar los derechos fundamentales vulnerados. Conforme al artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, la ejecución de la sentencia de tutela es de inmediato acatamiento, incluso cuando concurre impugnación.
¿Por qué la rectificación y retractación son esenciales en el ámbito mediático y judicial?
Las rectificaciones y retractaciones cumplen un papel fundamental en la protección de los derechos al buen nombre y a la honra, especialmente cuando la información inexacta o tergiversada se difunde por medios masivos o, como en este caso, por redes sociales con gran alcance. Esta herramienta garantiza que las víctimas de comunicaciones inadecuadas vean restablecida su reputación y evita que se perpetúe un daño injustificado en la esfera pública.
Por esta razón, los tribunales, como se evidenció en el caso del Diario del Otún y el senador Juan Pablo Gallo Maya, vigilan rigurosamente el cumplimiento de las órdenes de rectificación, exigiendo no solo la actualización de datos equívocos, sino también la aclaración de las verdaderas razones del requerimiento judicial, para impedir que se desvíe el sentido de la justicia y se afecte injustamente a cualquier persona o medio de comunicación.
¿Qué significa un derecho de petición?
Un derecho de petición es una herramienta legal que permite a cualquier ciudadano solicitar información o la corrección de actos a autoridades o particulares que ejercen funciones públicas, exigiendo una respuesta dentro de un plazo establecido. Esta figura fue determinante en la controversia relatada, ya que sirvió como primer mecanismo para exigir la rectificación antes de recurrir a la tutela.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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