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Una reciente sentencia judicial ha reflejado de manera contundente el riesgo tangible al que se enfrenta la comunidad de San Félix, corregimiento de Salamina, debido a las deficiencias en el sistema de alcantarillado. El pronunciamiento, citado por el periódico LA PATRIA, señala que existen fallas en la conducción y evacuación tanto de aguas residuales como de aguas lluvias, lo que incrementa la probabilidad de impactos ambientales y sanitarios serios. Según el fallo, estas falencias comprometen directamente la salubridad de los habitantes y ponen en entredicho la estabilidad del entorno urbano.
El juez encargado del caso estableció que la responsabilidad integral sobre el sistema de alcantarillado recae exclusivamente en el Municipio de Salamina. De esta manera, se eximió de obligaciones a Corpocaldas (Corporación Autónoma Regional de Caldas), Empocaldas, el Comité Departamental de Cafeteros de Caldas y la Asociación de Usuarios de Servicios Colectivos Aguas del Paraíso. La decisión judicial impone al gobierno local la obligación de adelantar estudios técnicos y definir en un plazo de tres meses un cronograma para contratar consultorías especializadas. Igualmente, se establece un periodo de seis meses para completar estos estudios, ejecutar las intervenciones y tomar acciones administrativas basadas en su viabilidad técnica.
No obstante, el alcalde Manuel Fermín Giraldo Gutiérrez manifestó a LA PATRIA que la Administración municipal apelará la decisión en segunda instancia, buscando la incorporación de Corpocaldas como corresponsable en la gestión del alcantarillado. Argumentó que, mientras la empresa Aguas del Paraíso responde por el acueducto, la red de alcantarillado compete directamente al Municipio. Este escenario está condicionado por la Ley Segunda de protección ambiental, que restringe la ejecución de proyectos como plantas de tratamiento de aguas residuales sin la debida autorización ambiental, responsabilidad que recae en Corpocaldas en cuanto a la gestión y obtención de permisos para obras de este tipo.
El alcalde reconoció públicamente la obsolescencia del sistema y la falta de recursos municipales para acometer las obras necesarias. En consecuencia, indicó que deberán solicitar apoyo a los gobiernos departamental y nacional, con el propósito de acceder a esquemas de cofinanciación.
La sentencia obliga al municipio a diseñar un plan de mejoramiento para el sistema de alcantarillado, garantizando la prestación adecuada del servicio mientras se ejecutan las obras urgentes de rehabilitación. Además, el Municipio debe presentar proyectos ante el Departamento de Caldas y Corpocaldas en busca de cofinanciación, mientras que dichas instituciones quedan comprometidas a ofrecer acompañamiento técnico y financiero. Finalmente, se exige la conformación de un Comité de Verificación de Cumplimiento para hacer seguimiento a la ejecución y resultados derivados de la sentencia.
¿Por qué la Ley Segunda de protección ambiental afecta la construcción de nuevas infraestructuras de saneamiento en San Félix?
La Ley Segunda de protección ambiental establece restricciones para el desarrollo de obras en zonas declaradas de especial interés ambiental, como sucede en el corregimiento de San Félix. Esta normativa limita la posibilidad de realizar intervenciones que impliquen modificaciones significativas al entorno ecológico, lo que condiciona la construcción de instalaciones como las plantas de tratamiento de aguas residuales. En este contexto, cualquier obra de esta naturaleza requiere de permisos ambientales específicos, cuya autorización depende de entidades como Corpocaldas, lo que añade complejidad y retrasos a la modernización del sistema de saneamiento básico local.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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