El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) establece las normas que regirán durante varios meses para facilitar la regularización de las familias migrantes, “constituyendo una puerta de entrada a la oferta de servicios del estado y su efectiva integración socioeconómica”.

Lo más importante es que les permitirá a los venezolanos en Colombia, hasta ahora indocumentados, acceder a salud, educación y trabajo.

La decisión beneficiará a 1.729.537 migrantes que están en el país y de los cuales, 966.714 (56 %) están en condición irregular.

¿Qué es el Estatuto?

  • Un mecanismo jurídico de protección temporal dirigido a la población migrante venezolana y será considerado una figura complementaria al régimen de protección internacional de refugiados.

Vigencia

  • De 10 años, aunque el Gobierno podrá prorrogarlo o darlo por terminado anticipadamente.

¿Venezolanos podrán votar en Colombia?

Es una de las dudas más recurrentes ante el anuncio. Sin embargo, esa posibilidad no es nueva, pues desde hace varios años está regulada la participación en elecciones de extranjeros con residencia en el país.

Lo primero es que el ETPV anunciado por el Gobierno da todos los requisitos de ley para que los venezolanos permanezcan en el país legalmente, con papeles que, por ejemplo, les faciliten los contratos laborales, pero no les concede la nacionalidad.

Según la Ley 1070 de 2006, que “reglamenta el voto de extranjeros residentes en Colombia” establece que solo lo pueden ejercer su derecho electoral en para mandatarios locales pero no pueden votar en las nacionales; es decir, para presidente. Así lo detallael artículo 2 de dicha ley:

“Las elecciones en las que podrán participar los extranjeros residentes en Colombia serán las de alcaldes Distritales y municipales, Concejos Distritales y municipales, y Juntas Administradoras Locales Distritales y municipales en todo el territorio Nacional”.

La Registraduría Nacional señala que los votos extranjeros quedan en listados aparte de los colombianos y que para poder votar deben cumplir algunos requisitos como la mayoría de edad. También exige un periodo largo de residencia; es decir que quienes sean regularizados con este nuevo estatuto no aplican para las elecciones de 2022.

Estos son los requisitos:

  • Tener visa de residente de conformidad con las normas que regulen la materia.
  • Acreditar como mínimo cinco años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia.
  • Poseer Cédula de Extranjería de Residente.
  • Estar inscrito en el respectivo Registro Electoral.
  • No estar incursos en las inhabilidades constitucionales y legales.

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Objetivos del ETPV

  • Registro de información de la población migrante venezolana.
  • Otorgar un beneficio temporal de regularización a quienes cumplan los requisitos establecidos.
  • Facilitar el tránsito del Régimen de Protección Temporal al Régimen Migratorio Ordinario.

¿A quiénes aplica?

A los migrantes venezolanos que deseen permanecer de manera temporal en Colombia y cumplan algunas de estas condiciones:

  1. Regulares en Colombia titulares de:
    – Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP).
    – Permiso Temporal de Permanencia (PTP).
    – Permiso Especial de Permanencia Vigente (PEP).
    – Salvoconducto de Permanencia SC-2 (Trámite de refugio).
  2. Irregulares en Colombia:
    – Que estén en Colombia en situación irregular a 31 de enero de 2021. Deben aportar prueba sobre la fecha de ingreso, antes de la entrada en vigencia del EPTV.
  3. Que ingresen a Colombia:
    – De manera regular por Puesto de Control Migratorio durante los primeros dos años de vigencia del estatuto.

¿Qué requisitos se necesitan?

  • Estar en Colombia.
  • Presentar documento de identidad.
  • Acta de nacimiento para menores de edad.
  • Declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia.
  • Autorización de recolección de datos biométricos.

¿Qué beneficios otorga?

  • La creación del Registro Único de Migrantes Venezolanos a través del cual se obtendrá información para su identificación y caracterización.
  • Protección de la población migrante que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad.
  • El otorgamiento de la condición migratoria regular y, a su vez, la autorización para desempeñar cualquier actividad u ocupación legal
    en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral.
  • El acceso del migrante a la oferta institucional pública y privada, y su incorporación como miembro activo de la sociedad en condiciones de igualdad.
  • La posibilidad para el migrante de generar por sí mismo las condiciones requeridas para una vida digna.
  • La posibilidad de hacer la transición al régimen visas.

¿Qué obligaciones adquiere el migrante?

  • Incluir su información en el Registro Único de Migrantes Venezolanos.
  • Obligatoriamente debe hacerse la transición de PEP a Permiso por protección temporal para unificación y control.
  • Aquellos migrantes venezolanos que incluyeron su información en el Registro y a pesar de poder solicitar el Permiso no lo hicieron, también serán sujetos de actuaciones administrativas sancionatorias.
  • Previo a la terminación de la vigencia del ETPV el migrante venezolano que desee permanecer en Colombia deberá tramitar y obtener una visa.
  • El migrante venezolano que no haga el cambio incurrirá en permanencia irregular y será objeto de medidas como la expulsión del país.

Así lo anunció el presidente Iván Duque: