Teniendo en cuenta lo de los bebés, la medida conjunta de dicha entidad con la Superintendencia de Notariado y Registro también se refiere a “la supresión de la toma de las huellas de las plantas de los pies”.

“Y en cuanto a los declarantes, no se utilizarán los equipos biométricos”, agregó.

“Si los padres no pueden adelantar la inscripción del recién nacido en el mes siguiente al nacimiento, podrán hacerlo de manera extemporánea con el certificado de nacido vivo, una vez se supere la situación actual”, se lee en la comunicación, que incluye un par de excepciones sobre el registro civil.

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El primero es en casos de urgencia, donde los papás podrán adelantar el trámite en notarias autorizadas, respetando los turnos estipulados por la Superintendencia de Notariado y Registro. “Los padres, ascendientes y parientes mayores, debidamente identificados, así como el director de la institución de salud en la que ocurrió el nacimiento o un defensor de familia, podrán acudir a solicitar el registro”, señaló la Registraduría.

Y el segundo, cuando hay sentencia de adopción, para lo cual hay un protocolo durante la cuarentena por el COVID-19, que no detalló la entidad, pero “que incluye la atención inmediata de la solicitud recibida”.