La Procuraduría dejó incólume la sanción que le impuso en enero de 2021 al exdirector de la Policía, el general (r) Rodolfo Palomino.

Hace un año, el Ministerio Público lo había declarado responsable de utilizar su cargo para influenciar a un oficial que lo había denunciado por acoso sexual y laboral, declaraciones que dieron pie a que estallara el escándalo de la ‘comunidad del anillo’.

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Palomino había interpuesto un recurso con el que pedía que se revisara la decisión e, incluso, que le garantizaran su derecho a una segunda instancia. Pero el ente de control negó ambas solicitudes.

“Los recursos fueron tramitados como solicitudes de revocatoria directa, a los cuales la Procuraduría les dio respuesta negativa”, señaló la entidad disciplinaria en un comunicado.

A su vez, negó la petición de Palomino de declarar que los hechos ya habían prescrito. Es decir, que se había vencido de ley el tiempo para que las autoridades tomaran una decisión. Según el Ministerio Público, el fallo de primera instancia —con el que Palomino fue absuelto en 2018—interrumpió el tiempo de prescripción (cinco años después de los hechos, es decir, en mayo de 2020).

En concreto, Palomino fue sancionado por una reunión que se dio en su oficina en mayo de 2015.

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Allí citó al coronel Reinaldo Alfonso Gómez para que se retractara de denuncias que había hecho por acoso sexual en contra del entonces director de la Policía. A cambio, Palomino y otros altos mandos de la institución le ofrecieron a Gómez que saldría bien librado de una investigación disciplinaria que tenía en contra.

Para la Procuraduría es claro que “los oficiales que participaron en la reunión eran conscientes que esta era irregular, hasta el punto de que, en varios momentos, se acudió al tema de la confianza, la seguridad y la tranquilidad para que se retractara”, según escribió en el fallo de 2021.

Fue entonces que le impuso al exdirector de la Policía una inhabilidad para ejercer cargos públicos de 13 años. En agosto del mismo año, la Procuraduría aceptó estudiar los recursos que interpusieron Palomino y otros involucrados, como el coronel Flavio Heriberto Mesa y el mayor Jhon Santos Quintero.

Ahora el ente de control, “hizo hincapié en que las normas legales posteriores que fueron alegadas por el general, el coronel y el mayor resultan inaplicables al caso concreto; de lo cual se desprende, entonces, que está en firme la decisión del 13 de enero de 2021 y deben ejecutarse y cumplirse las sanciones”, según explicó en un comunicado.

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Uno de los argumentos de Palomino y Santos era que tenían derecho a la doble conformidad. Es decir, que como habían sido absueltos en primera instancia en 2018 y luego sancionados en segunda instancia en 2021, tenían derecho a una instancia adicional.

Sin embargo, la Procuraduría consideró que “la decisión proferida por el señor procurador de la época fue tramitada y dictada en vigencia del Código Disciplinario Único, la cual hizo tránsito a cosa juzgada”. Es decir, la decisión de primera instancia, emitida por el exprocurador Fernando Carrillo, amarró el caso a la legislación de ese momento, por lo que no se puede revisar.