La sección quinta de ese tribunal, la misma que anuló la elección de Antanas Mockus como senador, fue la encargada de discutir y definir ambos casos. Mientras la elección de Ramírez como vicepresidenta quedó en firme en marzo, en el caso de Robledo se tumbó la resolución que la designó como representante a la Cámara: para ambos el ponente fue el magistrado Carlos Enrique Moreno.

Ángela María Robledo

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De acuerdo con El Espectador, el Consejo de Estado determinó que “la vicepresidenta no incurrió en doble militancia”, pero “advierte que la situación de Robledo era muy distinta”. Uno de los argumentos que diferenció ambos casos apunta a que la vicepresidenta no ocupaba ningún cargo de elección antes de postularse, aunque se identificaba con otros partidos diferentes al Centro Democrático, a cuyo candidato (Iván Duque) se unió.

Robledo, en cambio, no renunció a su curul en la Cámara de Representantes 12 meses antes las elecciones de julio de 2018, como constitucionalmente está establecido en caso de presentarse a una elección por otra colectividad. Lo hizo el 16 de marzo de 2018, el mismo día en que se inscribió como fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro. En otras palabras, en pocas horas Robledo pasó de la Alianza Verde a la Colombia Humana.

Luego de perder las elecciones, Robledo tenía derecho a un puesto en la Cámara como lo establece el Estatuto de la Oposición. La presidenta del Consejo de Estado, Lucy Bermúdez, citada por ese diario, explicó que, pese a ello, “ningún colombiano está por encima de esas prohibiciones y limitaciones constitucionales”.

Robledo alega que el requisito de renuncia con un año de antelación no aplica para elecciones presidenciales, como de hecho quedó claro cuando el propio presidente Duque renunció en abril de 2018 al Senado, cuatro meses antes de la primera vuelta, que fue en julio.

Sin embargo, el caso de Duque fue distinto pues no hubo un cambio de partido y él se presentó por la misma colectividad política a la que pertenecía (Centro Democrático).

En segundo lugar, “el hecho de que Marta Lucía Ramírez hubiera apoyado al candidato vencedor de la consulta es el argumento para interpretar que no incurrió en doble militancia”, explicó Semana en su momento.

Además, el Consejo de Estado fue más allá y explicó que “el permitir que alguno de los candidatos que fueron derrotados en la consulta apoye al vencedor es una consecuencia del respeto a los resultados de la contienda y aclaró que impedirlo no responde al verdadero espíritu de la norma”, escribe esa revista.