La Corte Suprema de Justicia confirmó la millonaria condena contra el Club, pues los familiares de Gustavo Adolfo Forero Rubio habían pedido declararlo “civil y extracontractualmente responsable” por su muerte el día del atentado.

La determinación fue emitida por la Sala Civil del alto tribunal. Esta no quiso anular la millonaria indemnización por la muerte del ciudadano.

Según expone la sentencia, el carro con los explosivos pasó los filtros de seguridad, lo que pone al club en la posición de responsable al no tomar las medidas de seguridad para proteger a las personas que estaban allí el 7 de febrero de 2003.

Hay que recordar que la Corte Constitucional ya había revocado un fallo del Consejo de Estado que declaraba responsable al Estado por el ataque. Además, ordenó al tribunal proferir una nueva determinación, pues se encontró un desconocimiento del precedente jurídico.

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¿Qué más dice el fallo de la Corte sobre El Nogal?

De acuerdo con la sentencia, citada por Semana, teniendo en cuenta la situación de violencia que vivía el país, “ningún establecimiento que aglomerara un número significativo de visitantes como lo era el Club El Nogal, podía considerarse exento de llegar a ser víctima de hechos similares”.

Además, sostiene que “se tiene en cuenta la omisión en el ‘recto cumplimiento de su obligación de seguridad’, con incidencia en el resultado lesivo y que en vista de tal concurrencia de culpas surge una solidaridad al tenor del artículo 2344 del Código Civil”.

Este es el fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre el Club El Nogal: