En su momento, el Consejo de Estado consideró que la Nación tuvo responsabilidad en el atentado terrorista contra el club El Nogal, ocurrido el 7 de febrero de 2003, porque hubo omisión de “deberes de prevención, seguridad y protección” al no verificar la información de que se iba a ejecutar un ataque en ese lugar.

Asimismo, el tribunal de lo contencioso administrativo argumentó que se expusó a la ciudadanía de Bogotá al utilizar “las instalaciones del club privado con fines institucionales, pues se adelantaron reuniones de altos funcionarios del Estado”.

No obstante, los magistrados de la Corte Constitucional no estuvieron de acuerdo con esos argumentos, y tumbaron la condena a la Nación porque creen que hubo una violación al debido proceso, según Semana.

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La decisión de la Corte fue unánime (8 votos contra 0), agrega la revista, y se basa en que solo se puede encontrar a la Nación responsable de un atentado terrorista cuando hay información certera de que va a suceder o cuando éste vaya dirigido contra una entidad pública o un funcionario.

Aunque el Consejo de Estado señaló que sí hubo evidencia de que el ataque a El Nogal, cometido por la columna Teófilo Forero de las Farc (entonces liderada por alias ‘el Paisa’), era inminente, los magistrados de la Corte consideran que esas no eran concluyentes y se podía cuestionar su credibilidad.

El caso del cobarde ataque, que se hizo con un carro bomba que explotó en el parqueadero del club, matando a 36 personas y dejando más de 200 heridos, volverá a las manos de los consejeros que deben hacer otro pronunciamiento al respecto.