Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por pulzo   Ene 28, 2026 - 7:13 pm
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Una polémica de grandes proporciones ha sacudido la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, luego de que interceptaciones telefónicas ordenadas en el marco del escándalo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) terminaran involucrando de manera accidental al presidente Gustavo Petro. Según registros citados por Semana y confirmados por fuentes internas, el despacho del magistrado Misael Rodríguez autorizó intervenir los teléfonos de personas presuntamente vinculadas a una red de corrupción, entre ellas Jaime Ramírez Cobo, exasesor del Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE). Para sorpresa de los investigadores, el propio presidente Petro utilizaba la línea intervenida, lo que desató una reacción inmediata: la suspensión de este procedimiento para evitar un nuevo escándalo de interceptaciones ilegales contra un mandatario en ejercicio.

Esta rápida actuación contrasta con antecedentes como el ocurrido durante la investigación al expresidente Álvaro Uribe en 2018, cuando la Corte Suprema, al intervenir por error la línea de un senador investigado, terminó grabando conversaciones entre Uribe y el abogado Diego Cadena. En aquel entonces las interceptaciones continuaron a pesar de identificar la voz del expresidente, mientras que ahora la Sala de Instrucción suspendió de inmediato la escucha al confirmar que uno de los interlocutores era el actual jefe de Estado, dado que Petro no enfrenta procesos en la Corte y, por lo tanto, no existen justificaciones legales para intervenir sus comunicaciones.

Las grabaciones incluyeron diálogos en los que un ingeniero identificado como Ballardo se dirige a Petro con el apelativo de “señor presidente”. No obstante, lo que más llama la atención es el contexto en el que el mandatario termina usando una línea asociada a Ramírez Cobo, un personaje clave en la red de contactos políticos que involucra a congresistas y funcionarios de alto rango, según detallan testimonios recopilados por el tribunal y la Fiscalía General.

Jaime Ramírez Cobo, cuya cercanía con figuras del Gobierno –en especial Laura Sarabia, embajadora de Colombia en el Reino Unido– resultó determinante, manejó esta línea telefónica hasta el 31 de enero de 2024. Diversos testimonios referidos en los informes lo ubican como un eslabón central en las gestiones administrativas y políticas que permitieron la asignación de multimillonarios contratos desde el Ministerio de Hacienda, presuntamente en favor de intereses particulares de congresistas aforados. La Corte Suprema justificó así la legalidad de intervenir su número, aun cuando Ramírez Cobo no tenía fuero, porque sus contactos y operaciones podían esclarecer responsabilidades de legisladores actualmente investigados.

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El expediente judicial recoge pruebas como chats, audios y matrices de contratos. La Fiscalía sostiene que Ramírez Cobo fue intermediario para acelerar contratos públicos valorados en más de 92 mil millones de pesos, siguiendo recomendaciones directas de congresistas cuya identidad ha quedado documentada en los archivos incautados. Mientras tanto, sobre Ramírez Cobo pesan interrogantes concretos pero no existen cargos formalmente establecidos en su contra; se sabe que salió de vacaciones a Europa en marzo de 2025, justo en el momento en que el proceso tomaba nuevo impulso tras la imputación de figuras centrales del caso UNGRD.

En el trasfondo de esta investigación, permanece la pregunta esencial sobre la relación y el conocimiento efectivo que tenían los principales funcionarios del Gobierno sobre el funcionamiento de esta red y los motivos para que el presidente utilizara una línea bajo investigación. Las pesquisas continúan, así como la búsqueda de un testimonio clave que esclarezca hasta dónde se extendía el engranaje de favores y decisiones que han terminado por salpicar a la cúpula política colombiana.

¿Por qué se considera ilegal la interceptación de las comunicaciones de un presidente en Colombia?

La relevancia de esta pregunta radica en la protección especial que la legislación colombiana otorga a las comunicaciones del jefe de Estado. De acuerdo con la información citada en medios como Semana y los informes internos de la Corte Suprema, no existe potestad judicial para interceptar las líneas del presidente a menos que exista una investigación formal en su contra, lo que no ocurrió en este caso. Esta restricción busca evitar vulneraciones a derechos fundamentales y preservar la independencia de la máxima figura del Ejecutivo en circunstancias ordinarias.

Comprender las razones jurídicas y constitucionales detrás de dicha prohibición permite analizar por qué la Corte Suprema reaccionó con rapidez ante el hallazgo de esta situación. Así mismo, pone en evidencia la importancia de los controles y protocolos dentro de los procesos judiciales que implican interceptaciones, especialmente cuando afectan a altas dignidades del Estado cuya protección legal es fundamental para la estabilidad institucional del país.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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