El argumento que usará la defensa del general Guatibonza para pedirle a un juez que otorgue la libertad inmediata, es que ya se cumplieron los tiempos que exige la ley desde que se presentó el escrito de acusación hasta el inicio del juicio en su contra, informó RCN Radio.

Es decir, que ya pasaron 120 días y no se le ha resuelto la situación judicial al excomandante de la Policía Metropolitana de Bogotá, que goza hoy del beneficio de detención domiciliaria.

Esta figura de vencimiento de términos se ha vuelto recurrente entre personas (con cierto grado de poder) que hoy se encuentran en proceso de investigación o privadas de la libertad y no han sido llevadas a juicio, ya que encuentran allí un pretexto de salida para la, cada día más, caótica congestión judicial debido a múltiples procesos que llevan los fiscales o a dilaciones por parte de los defensores.

Así las cosas, la emisora dice que al estudiar la solicitud de libertad para Guatibonza se tendrá en cuenta que el escrito de acusación fue presentado y corregido en dos oportunidades, por petición del juez, situación que podría reñir con las cuentas que hace la defensa del procesado.

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El general en retiro fue acusado por la Fiscalía de seis delitos, entre ellos cinco que “vulneran la intimidad personal”, ya que lo investiga por su presunta participación en una red de interceptaciones ilegales que les habría prestado este servicio a particulares.

Incluso, a integrantes de la Fuerza Pública, se lee en un boletín del organismo acusador.

Si bien en un principio Guatibonza fue mencionado como supuesto cliente de esa red de escuchas, fue el testimonio del también procesado coronel en retiro del Ejército Jorge Humberto Salinas, especialista en inteligencia, el que aceleró la investigación en su contra.

Esto, dice la Fiscalía, porque en unas comunicaciones interceptadas por las autoridades entre Salinas y “la presunta ‘hacker’ Marialicia Pinzón”, se encontró que en una de esas conversaciones “el general (r) Guatibonza adquiere la calidad de socio de la empresa al margen de la ley”.