En una carta publicada en Twitter, la Corte Suprema de Justicia advirtió que en el artículo 14 de la Ley 600 de 2000 se contempla el principio de la reserva sumarial que también debe ser garantizada por los “sujetos procesales e intervinientes”, y señala que los artículos 142, 143 y 330 de la misma ley dicen que los que violen la reserva sumarial pueden ser sancionados con una multa de uno a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Asimismo, la Corte Suprema asegura que el juez tiene facultades “para sancionar a los sujetos procesales, a los testigos, peritos y demás intervinientes que afecten con su comportamiento el orden y la marcha de los procedimientos”.

Este llamado de atención se publica luego de que se conocieran varios detalles de las declaraciones en el proceso que la Corte adelanta contra el expresidente y hoy senador Álvaro Uribe Vélez, por supuestos falsos testigos.

Álvaro Uribe, expresidente y senador.

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Una de ellas, por ejemplo, fue la del exparamilitar Carlos Enrique Vélez que señaló a Diego Cadena, uno de los abogados de Uribe, de haberle entregado dinero.

Asimismo, en entrevista con La W, Pablo Hernán Sierra, otro exmilitante de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), habló de las pruebas y declaraciones que supuestamente tiene para hundir al líder del Centro Democrático.

Por su parte, el mismo Uribe publicó un video con el que supuestamente Sierra lo acusaría de tener nexos con paramilitares.