Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por Santiago Buenaventura   Oct 11, 2023 - 7:05 pm
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La terna que presentó el presidente Gustavo Petro para elegir fiscal general sigue teniendo cuestionamientos. Uno de los más recientes fue hecho por el propio magistrado Gerardo Botero Zuluaga, quien el pasado martes presentó una tutela pidiendo que la terna sea devuelta por estar compuesta por solo mujeres. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia ya se había pronunciado por una petición similar a la del togado y dijo que no devolvería la terna.

(En contexto: Con una tutela, magistrado de la Corte Suprema pide devolver terna para fiscal)

El ciudadano Belisario Jiménez Luque, en septiembre de este año, le presentó al alto tribunal un oficio en el que pedía que devolviera la terna que presentó el primer mandatario, para que fuera incluido por lo menos un hombre para ser considerado a suceder a Francisco Barbosa como fiscal general. El recurso decía que, al no haber hombres en la lista, no se estaba respetando la igualdad de género.

La terna que estudia hoy la Corte Suprema está compuesta por las abogadas Amelia Pérez, Ángela María Buitrago y Luz Adriana Camargo, tres juristas que han hecho su carrera profesional, entre la academia, pero sobre todo en el mundo judicial, en entidades como la Fiscalía y la propia Corte.

Pese a que las ternadas cumplirían con todos los requisitos para conformar la lista de candidatas y, eventualmente, ocupar el cargo de fiscal, el oficio de Belisario Jiménez pedía “devolver la terna presentada por el señor Presidente de la República (sic) a efectos de que se reestructure y garantice en la misma la inclusión del hombre (género masculino) en la terna para que sea proporcionada (sic) a las exigencias de la Ley 581 del 2000″.

(Lea también: “Que no sea mujer la próxima fiscal”: Petro cuestiona que busquen devolver su terna)

Para la Corte, una vez estudiada la petición, se encontró que “no existe en el ordenamiento constitucional y legal motivo para devolver la terna que formuló el doctor Gustavo Francisco Petro Urrego, Presidente de la República, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 249 de la Constitución Política, para elegir Fiscal General de la Nación”.

La decisión de no devolver la terna le fue notificada al ciudadano Jiménez el pasado 15 de septiembre, a través de un corto oficio de una página en el que el alto tribunal no dio más motivos para no aceptar su petición. No obstante, esa determinación de la Corte se conoció mucho antes de que un magistrado de esa misma entidad presentara una tutela pidiendo justamente lo que solicitó Jiménez.

El recurso del magistrado Botero Zuluaga se conoció el pasado martes 10 de octubre y ya está en los despachos del Consejo de Estado, instancia que deberá resolverlo. En ese documento, el togado citó la petición que hizo el ciudadano Jiménez y señaló que, cuando la Sala Plena estudió su oficio, él mismo manifestó “con toda claridad y contundencia, que avalaba y estaba de acuerdo con la petición presentada por el ya mencionado ciudadano”.

En las propias palabras de Botero, el presidente Petro “incurrió en una flagrante y ostensible violación, no solo de nuestro ordenamiento jurídico (la Constitución y la ley), sino además, de normativas internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad, que protegen y salvaguardan la equidad e igualdad de género”.

(En contexto: “Vamos a elegir fiscal antes del 12 de febrero”, promete presidente de Corte Suprema)

El magistrado agregó: “Como potencial elector que soy del próximo (a) Fiscal General de la Nación, como magistrado de la Corte Suprema de Justicia, considero que se me estaba violando mi derecho al voto, en tanto no se me estaba permitiendo escoger entre los distintos géneros existentes”.

Esteban Hoyos Ceballos, por ejemplo, decano de la Escuela de Derecho de la Universidad Eafit, escribió un hilo en su cuenta de X (antes Twitter), en el que dijo sin rodeos que el magistrado de la Corte Suprema se equivoca en la argumentación de su tutela. Primero, explica el docente, porque el presidente no tiene la obligación de incluir un hombre en la terna para fiscal. Y, segundo, porque no se desconoce ningún derecho del magistrado, pues, por el contrario, es su deber votar por una de las ternadas.

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Además, Hoyos Ceballos explicó que Botero basó buena parte de su tutela en lo que dice la Ley de Cuotas, pero se equivocó en su interpretación. “La ley tiene como propósito corregir una situación de desigualdad estructural: la ausencia de las mujeres en los altos cargos públicos. El de fiscal no es una excepción, habiendo sido ocupado, en propiedad, solo por una mujer en toda su historia (¡y por un año!)”, agregó el profesor.

Ahora, será el Consejo de Estado el que resuelva esta polémica tutela del magistrado, que no logró esquivar las críticas.

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