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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una sentencia en la que declara la responsabilidad de Colombia por la muerte de Jesús Ramiro Zapata, reconocido docente, sindicalista y defensor de derechos humanos. El juez Rodrigo Mudrovitsch, presidente de la Corte, notificó este fallo el 23 de febrero, afirmando que el asesinato de Zapata, ocurrido el 3 de mayo de 2000 en Segovia, Antioquia, representa una grave violación a los derechos humanos por parte del Estado colombiano. Según la información presentada por El Espectador, la decisión fue el resultado de la evidencia de acoso, hostigamientos y criminalización sufridos por Zapata debido a su labor en defensa de los derechos humanos.
De acuerdo con los hallazgos de la Corte IDH, Zapata había denunciado en varias ocasiones los vínculos entre el Ejército Nacional y grupos armados involucrados en las masacres de Segovia de 1988 y 1996. Estas denuncias generaron una serie de amenazas en su contra, allanamientos a su vivienda y acusaciones públicas que lo relacionaban, sin fundamento, con el Ejército de Liberación Nacional (ELN). Como consecuencia de estos señalamientos, fueron abiertas cinco investigaciones en su contra que contribuyeron aún más a su vulnerabilidad.
Dentro del proceso judicial internacional, la Corte también concluyó que la fuerza pública colocó a Zapata en una situación de peligro que lo obligó a desplazarse a Medellín en 1998. Posteriormente, el tribunal identificó la responsabilidad del Estado tanto por las violaciones cometidas directamente contra el docente como por la falta de diligencia en las investigaciones posteriores a su muerte, lo que vulneró los derechos de sus familiares.
Los jueces sustentaron su decisión con diferentes pruebas de contexto y específicas del caso que demuestran la transgresión al derecho a la vida, integridad y dignidad de Zapata. Además, según el juez Mudrovitsch, el Estado vulneró los derechos a garantías y protección judicial al omitir acciones efectivas para esclarecer los hechos.
La sentencia también resalta que el Estado, pese a conocer las amenazas y la persecución sufridas por Zapata, no tomó medidas concretas para protegerlo ni para identificar y sancionar a los responsables. En particular, antes de su asesinato, Zapata fue provisionalmente suspendido de sus funciones docentes por 90 días sin recibir remuneración, aunque posteriormente fue reincorporado a su cargo en Segovia.
Un aspecto central es el reconocimiento de la Corte IDH sobre el derecho de Zapata a defender los derechos humanos de manera autónoma, puesto que su asesinato respondió al contexto de violencia contra este tipo de liderazgos sociales. Si bien el Estado admitió la existencia de hostigamientos e inteligencia ilegal en su contra, nunca aseguró su protección ni el libre ejercicio de su labor.
En cuanto a las medidas de reparación, la sentencia ordena a Colombia investigar, impulsar y concluir las acciones legales necesarias para esclarecer los hechos y sancionar a los responsables. Se requerirá una eliminación exhaustiva de registros de inteligencia que vinculen a Zapata, así como una serie de actos simbólicos, entre ellos un reconocimiento público de responsabilidad y la instalación de una placa conmemorativa en la escuela donde trabajó. Adicionalmente, será producido y difundido un documental sobre su labor en defensa de los derechos humanos. La Corte IDH mantiene su supervisión sobre el cumplimiento de estas medidas en un caso que permaneció impune por más de 26 años.
¿En qué consiste el derecho a la protección judicial según la Corte Interamericana de Derechos Humanos?
El derecho a la protección judicial es un principio fundamental reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, mencionado de manera expresa en la sentencia contra el Estado colombiano en el caso de Jesús Ramiro Zapata. Este derecho implica que todas las personas tienen acceso a recursos y procedimientos efectivos para la protección de sus derechos fundamentales ante posibles violaciones o amenazas, así como a garantías para que tales recursos sean ejecutados de manera imparcial y eficiente. Así, el tribunal señaló que Colombia, al no investigar adecuadamente ni sancionar a los responsables del asesinato de Zapata, ni tampoco proteger a su familia, vulneró este derecho básico.
La relevancia del derecho a la protección judicial radica en que representa el acceso a la justicia para las víctimas y sus allegados, asegurando que no existan zonas de impunidad frente a hechos graves como asesinatos de defensores de derechos humanos. De acuerdo con la Corte IDH, esta protección es indispensable para consolidar el estado de derecho y prevenir la repetición de hechos similares.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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