Y es que según el alto tribunal, este modelo penal se basaba en el pasado de las personas y no tenía en cuenta que estas pueden “progresar, mejorar y crecer”; además, manifestó que la prisión preventiva debe darse por el delito actual, y no por circunstancias de otros procesos, informó El Tiempo.

“De lo contrario, se estarían empleando decisiones precarias y provisionales sobre la probable responsabilidad penal de una persona como criterio indicador de peligrosidad, lo cual desconoce el derecho de toda persona a ser juzgada conforme al acto que se le imputa”, destacó la Corte Constitucional, de acuerdo con el rotativo.

Lee También

La medida que tumbaron losa magistrados de la alta corte, según la Fiscalía, permitía reducir los altos índices de reincidencia en el país, ya que, según cifras del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) en el país hay más de 23.500 personas involucradas con estos casos, principalmente por hurto, añadió el medio.

“Esa norma era fundamental en la lucha contra la reincidencia y fue promovida con el propósito de sacar de las calles a las personas que podían incurrir en delitos afectando la seguridad ciudadana”, destacaron fuentes de la Fiscalía a El Tiempo, y agregaron que la decisión de la corte se traduce en que los jueces dejarán en libertar a personas que muy seguramente volverán a delinquir.