Aunque el panorama no parece favorable para que esto suceda, lo único claro es que el alto tribunal será el que haga la revisión final de lo que salga del Congresoindica Semana.

Iván Duque y Cámara de Representantes

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Eso sí, sería improbable que pudieran revivir los artículos objetados, pues deberían limitarse a comprobar la constitucionalidad del texto final, con sus posibles correcciones.

No obstante, el diario El Tiempo comenta que siete sentencias del alto tribunal servirían de precedente para pensar que “se hundirían los aspectos en los que se presentaron reparos” y que el resto sería firmado por el mandatario para entrar en vigencia de esa forma.

El diario El País contempla un escenario crítico, a la luz del artículo 200 de la ley 5, según el cual si una de las dos cámaras considera infundadas las objeciones, y la otra no, el proyecto de ley se archivaría.

Sin embargo, Semana descarta esta posibilidad señalando que la Corte Constitucional ha coincidido incluso con dos promotores de las objeciones —como el propio presidente del Senado, Ernesto Macías, y el fiscal general, Néstor Humberto Martínez– en que “de ninguna forma la ley completa queda en entredicho por cuenta de seis objeciones“.

Iván Duque y Néstor Humberto Martínez

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El artículo 199 de esa misma ley indica que si el Senado también desconoce las discrepancias, la ley estatutaria habrá pasado en el Congreso por mayorías absolutas, por lo que el Presidente no tendrá otra opción que sancionarlo sin poder formular más objeciones.

Además, el artículo 201 es el que establece que si Duque no cumple con ese deber, sería el presidente del Congreso, Ernesto Macías, quien tendrá que promulgarla.