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Este artículo fue curado por Diego Rey   Sep 25, 2024 - 10:43 pm
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En un fallo que marca un precedente en la protección de las mascotas o animales de compañía, la Corte Constitucional decidió que estas no podrán ser embargadas en procesos judiciales, incluyendo aquellos derivados de divorcios o deudas.

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Qué falló la Corte sobre las mascotas

Este fallo fue emitido durante el encuentro anual de la Corte en Manizales, en el cual se destacó la importancia de las mascotas en el desarrollo de la personalidad y su papel dentro de la familia.

La Corte Constitucional argumentó que embargar a una mascota vulnera no solo el bienestar del animal, sino también los derechos de las personas a disfrutar de su compañía como parte integral de su vida y su hogar.

Según el tribunal, las mascotas deben ser consideradas bienes inembargables, lo que significa que no podrán ser tomadas como garantía en procesos judiciales ni ser reclamadas como parte de las deudas o separaciones entre cónyuges.

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Qué pasa con las mascotas en casos de divorcio

Este fallo tiene un impacto significativo en los casos de divorcio, donde comúnmente se dividen bienes materiales. A partir de esta decisión, los animales de compañía estarán protegidos de ser considerados parte de estos bienes.

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La Corte subrayó que las mascotas son seres que merecen protección y cuidado por parte de las familias, y que su bienestar debe prevalecer sobre cualquier interés económico.

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