Esto, luego de que el alto tribunal admitiera una demanda que busca incluir esta práctica en la normativa que define las acciones efectuadas contra los seres sintientes, que puedan generar sanciones económicas y penales.

Recordemos que es común que en muchos criadores de gatos y perros corten les orejas y las colas, argumentando cuestiones estéticas.

La demanda fue presentada por los abogados, Diana Santacruz, Jhaslen Ramírez y Laura Ríos, quienes solicitaron que las mutilaciones deben tipificarse como maltrato.

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Tomando como referencia que el actual Estatuto Animal define que la remoción, mutilación, destrucción o alteración de cualquier órgano de un animal vivo se considera vulneración en contra de los animales.

Sin embargo, también determina que no es maltrato cuando responde a fines estéticos, científicos o por piedad.

De acuerdo a los abogados, la Ley es incoherente, teniendo en cuenta que, los animales se declararon seres sintientes que deberán recibir protección contra los maltratos y el dolor; especialmente el causado por los humanos.

Finalmente, si la Corte determina dicha conducta como maltrato, las personas que la realicen podrían ser objeto de sanciones iguales o superiores a 60 salarios mínimos y penas de hasta 36 meses de prisión.