Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por pulzo   Jul 29, 2026 - 5:10 pm
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El Consejo de Estado, máxima autoridad de la jurisdicción contenciosa administrativa en Colombia, admitió una demanda contra el Decreto 802 del 23 de julio de 2023, que regulaba los traslados de recursos a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) dentro del marco de la declaratoria de desastre nacional por el fenómeno de El Niño. De acuerdo con lo reportado por El Espectador, el alto tribunal ordenó la suspensión provisional de dos normas de ese decreto, tras considerar que estas vulneraban procedimientos constitucionales fundamentales relacionados con el manejo del Presupuesto General de la Nación.

La acción judicial fue impulsada por la senadora María Clara Posada, miembro del Centro Democrático, quien sustentó que las disposiciones del decreto permitían al Gobierno modificar el presupuesto sin contar con el consentimiento del Congreso ni declarar un estado de excepción. Según los argumentos de la senadora, esto iba en contra del principio de legalidad presupuestal y de la deliberación democrática, pilares fundamentales en la gestión de los recursos públicos en Colombia.

La medida cautelar, concedida de urgencia por el despacho ponente del Consejo de Estado, recae específicamente sobre el parágrafo del artículo 4 y el inciso 2 del artículo 5 del decreto. Según la Sala de lo Contencioso Administrativo, el Ejecutivo “invadió una competencia exclusiva del legislador”, al no limitarse únicamente a la ejecución de los recursos que ya estaban aprobados mediante ley. El decreto iba más allá al facultar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para alterar la distribución de fondos establecidos por el Congreso en la Ley Anual de Presupuesto del año 2026 mediante traslados que no estaban determinados.

El documento precisó que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe garantizar al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres los recursos necesarios, pero dentro del proceso ordinario de programación y aprobación presupuestal, sin la potestad de efectuar traslados por fuera de ese procedimiento. Además, el Consejo de Estado señaló que el Gobierno, mediante un decreto ordinario, no puede autorizar cambios presupuestales indeterminados si no existe un estado de excepción, no se identifican las partidas que resultarían afectadas y no se cuenta con la autorización previa necesaria.

Finalmente, la decisión destaca que el decreto también permitía a la Ungrd ejecutar recursos públicos sin licitación, facilitando negociaciones directas en los precios, lo que motivó la suspensión provisional de los apartes señalados. La controversia refleja importantes tensiones en la gestión de los fondos públicos y el respeto por las competencias del Congreso en asuntos presupuestales.

¿Por qué el Consejo de Estado suspendió parcialmente el Decreto 802 de 2023 sobre recursos para la Ungrd?

El Consejo de Estado decidió suspender de forma provisional dos normas del Decreto 802 al considerar que permitían al Ejecutivo modificar el Presupuesto General de la Nación sin autorización del Congreso ni la declaración de un estado de excepción. Según la información de El Espectador, esto contraviene el principio de legalidad presupuestal y otorga al Gobierno facultades reservadas exclusivamente al legislador.

¿Qué facultades tenía el Decreto 802 que causaron la demanda por parte de la senadora María Clara Posada?

De acuerdo con la demanda presentada por la senadora María Clara Posada, el Decreto 802 facultaba al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para modificar la distribución de recursos aprobados por el Congreso, incluso permitiendo traslados indeterminados, y a la Ungrd para ejecutar partidas sin cumplir el proceso regular de licitaciones públicas, lo cual fue considerado contrario a la Constitución.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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