Este lunes fue aprobada en su cuarto debate la ley anticorrupción, pero uno de sus artículos, el 68, se convirtió en un enigmático mico que podría atacar de frente la libertad de prensa en Colombia.

“El que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o sobre su familia incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”, reza el polémico artículo.

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También estipula que cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o exfuncionario público o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, “el juez de control de garantías ordenará a la autoridad competente que, previo el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece […]”.

Eses artículo fue firmado en el Senado por Mauricio Gómez Amín, Guillermo García Realpe, Ana María Castañeda, Miriam Paredes, Efraín Cepeda, Fabián Castillo y Aída Abella. Sin embargo, ni ellos ni el ponente de la ley, César Lorduy, saben cómo llegó ese artículo al proyecto, de acuerdo con Noticias Caracol.

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El hecho es que tanto la Flip como Asomedios y la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) habían advertido sobre la inconveniencia de ese artículo, pese a lo cual fue aprobado.

Este artículo, que no tiene nada que ver en la lucha contra la corrupción, pretende amedrentar o ser una especie de amenaza para que periodistas que han venido denunciando diferentes casos de corrupción al interior del Gobierno y su relación con las casas políticas tradicionales no salgan a la luz pública”, dijo el representante Inti Asprilla en Caracol Radio.

Otra representante, Juanita Goebertus, dijo en el mismo medio: “Se amplía la injuria y la calumnia como delito para que cuando esta se da frente a funcionarios públicos la consecuencia pueda ser, incluso antes de la condena, la pérdida de personería jurídica. Esto es especialmente grave para periodistas, para ciudadanía que hace veeduría o partidos que hacen control político”.

Limitar de esta manera la libertad de expresión, el derecho a la oposición, es inconstitucional y es abiertamente contraria a la Convención Interamericana”, agregó la congresista en ese medio. “Este es el camino de regímenes autoritarios a lo largo y ancho del continente de izquierda y de derecha que han usado este tipo de leyes de injuria y calumnia para perseguir a sus contradictores”.

Ahora las plenarias de Cámara y de Senado deberán conciliar lo aprobado. Si ambas corporaciones lo aprueban, pasará a sanción presidencial; si no, se hundiría pese a haber superado los cuatro debates reglamentarios.