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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   Mar 14, 2024 - 5:03 pm
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Se conoció recientemente que ya fue firmado el decreto que establece cambios en los horarios de funcionamiento para los establecimientos nocturnos de Cali.

De acuerdo con el documento, el horario de la rumba será hasta las 3:00 a.m. para aquellos establecimientos como discotecas, gastrobares, bares, entre otros; en los cuales se lleve a cabo la venta y el consumo de bebidas alcohólicas dentro del comercio.

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“Los establecimientos de comercio que ejercen la actividad económica (…) Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento, y que dicha actividad clasifique como permitida para ser ejercida en el predio en que se ubica el establecimiento; tendrán el siguiente horario de funcionamiento: Desde las 10:00 a.m. hasta las 3:00 a.m. del día siguiente”.

Decreto Alcaldía de Cali.

Ahora bien, para aquellos establecimientos en donde solo se lleve a cabo la venta de bebidas alcohólicas tales como los estancos, licoreras, billares, supermercados, tiendas y droguerías; tendrán un horario desde las 10:00 a.m. hasta la 1:00 p.m.

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Cabe destacar que, según el decreto firmado por el alcalde de Cali, Alejandro Eder; aquellos establecimientos que atenderán al público hasta las 3:00 a.m. deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con la infraestructura necesaria para la atención en la mesa al interior del establecimiento, sin generar ni propiciar la ocupación indebida del espacio público con extensión de su actividad económica.

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  • Medidas de insonorización, que garanticen de manera permanente el cumplimiento de las normas vigentes sobre niveles máximos permisibles de ruido.
  • Contar con soluciones adecuadas para la prevención y mitigación de impactos ambientales ocasionados por residuos sólidos, tanto dentro de los establecimientos, como al exterior de los mismos.

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