El Espectador es el periódico más antiguo del país, fundado el 22 de marzo de 1887 y, bajo la dirección de Fidel Cano, es considerado uno de los periódicos más serios y profesionales por su independencia, credibilidad y objetividad.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia emitió una condena en contra de Francisco Abraham Palacios Mena, quien se desempeñó como gobernador encargado de Chocó, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo. De acuerdo con la decisión del alto tribunal, Palacios Mena incurrió en graves irregularidades durante la adjudicación de dos contratos destinados a la construcción de una sede de la Universidad Tecnológica del Chocó (UTCH) en el municipio de Istmina, una situación que afectó notablemente a la comunidad estudiantil de la región.
La Corte Suprema determinó una sanción rigurosa: seis años de prisión, una multa de 145,58 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad por 88,48 meses para ejercer funciones públicas. Adicionalmente, la Sala le negó la posibilidad de acceder a la suspensión condicional de la pena y a la prisión domiciliaria, ordenando su captura para que cumpla la sentencia en un centro penitenciario. No obstante, Palacios Mena fue absuelto del delito de peculado por apropiación. Esta decisión, según El Espectador, se sustenta en la necesidad de dar una respuesta ejemplar ante la magnitud de las faltas cometidas.
Los hechos investigados ocurrieron cuando el titular de la Gobernación era Efrén Palacios Serna, quien estuvo vinculado al proceso hasta su fallecimiento en 2025. Aunque la acción penal en contra de Palacios Serna se extinguió tras su muerte, las pruebas recolectadas en juicio resultaron fundamentales para la determinación de responsabilidades frente a Palacios Mena, en especial sobre los pormenores del presunto peculado.
El fallo sostiene que Palacios Mena, en calidad de gobernador encargado en 2013, firmó el Contrato Interadministrativo de Interventoría 032 y el Contrato de Obra 010. Ambos documentos, diseñados para levantar una nueva sede universitaria, fueron elaborados a espaldas de la Ley 80 de 1993, marco que regula la contratación estatal. En el caso del contrato de interventoría, valorizado en 336 millones de pesos colombianos, la UTCH fue seleccionada de manera directa para la supervisión de la obra, aunque carecía de la capacidad técnica y logística para asumir la tarea, situación que la obligó a subcontratar completamente el trabajo y sin realizar un proceso de selección por méritos ni estudios de mercado.
Respecto al Contrato de Obra 010, por más de 4.793 millones de pesos, la Sala dejó en evidencia que Palacios Mena modificó los estudios previos, incrementando el alcance del proyecto sin respaldo presupuestal y desconociendo las condiciones originales aprobadas por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD). Finalmente, el tribunal subrayó que hubo un actuar premeditado, pues Palacios Mena conocía desde su época como secretario de Infraestructura del departamento las condiciones y riesgos de los proyectos, y pese a esto, avanzó en su formalización omitiendo requisitos legales, lo que dejó el proyecto inconcluso y a la infraestructura universitaria inutilizable.
¿Por qué fue condenado Francisco Abraham Palacios Mena y cuáles fueron las irregularidades detectadas en los contratos?
Francisco Abraham Palacios Mena fue condenado por contrato sin cumplimiento de requisitos legales debido a irregularidades en dos contratos relacionados con la construcción de una sede universitaria en Istmina (Chocó). Se encontraron fallas como adjudicación directa de la interventoría a una entidad sin capacidad técnica, ausencia de estudios de mercado y de procesos de méritos, así como modificaciones arbitrarias al alcance del proyecto de obra sin la debida justificación presupuestal.
¿Qué consecuencias tuvo la mala ejecución de los contratos para la Universidad Tecnológica del Chocó?
La mala ejecución de los contratos implicó que el proyecto de la sede universitaria quedara suspendido e inconcluso, con edificaciones que no cumplen con la Norma Sismo Resistente NSR-10 y situaciones jurídicas no resueltas sobre el terreno. Esto impide actualmente el uso seguro de las instalaciones y afecta directamente a la comunidad estudiantil del departamento.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Pulzo.com se escribe con Z
LO ÚLTIMO