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Escrito por:  Diego Quiroga Ussa
Redactor     Ago 8, 2024 - 10:30 pm

Hay un proceso que muchos jóvenes quieren hacer apenas cumplen la mayoría de edad y es cambiarse el nombre o el apellido, ya que con el que tienen no se sienten bien y por eso quieren que desde ese momento los conozcan diferente.

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Sin embargo, muchas personas creen que este es un proceso muy demorado debido a la cantidad de papeleo que se necesita, pero lo cierto es que no es tan así, ya que solo necesita unos cuantos documentos para poder cumplir con su cometido. 

Tal como está regulado en el artículo 94 del decreto 1260 de 1970, se puede disponer de la modificación del registro civil para “sustituir, rectificar, corregir o adicionar su nombre, todo con el fin de fijar su identidad personal”. 

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Ahora, teniendo en cuenta lo anterior, los pasos para hacer el proceso de cambio de nombre son:

  • El primer paso es dirigirse a la notaría en donde se encuentra registrada su acta de nacimiento y solicitar una copia autenticada de la misma.
  • Luego, debe llevar sus documento de identificación originales como su cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad, en caso de menores de edad, y una fotocopia de los mismos.
  • Diríjase a una notaría o consulado colombiano -si encuentra en el exterior- con los documentos antes mencionados para hacer una escritura pública. El decreto 999 de 1988 indica que las correcciones del registro civil están autorizadas para realizarse con un notario público.

Listo, con esto ya podrá tener los nuevos documentos en su poder, pero en ese entonces debe acercarse a la Registraduría de la Nación para sacar nuevos documentos con los nombres actualizados. Además, hacer los respectivos cambios de datos en todo el resto de plataformas, como bancos, escrituras, licencia de conducción y mucho más.

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Finalmente, según el Ministerio de Relaciones Exteriores, este es un proceso que solo puede hacer una vez, así que debe pensarlo bien en el momento que lo decida.

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