Por: Portal Bogotá

Bogotá cuenta con un espacio de información muy completo donde la ciudadanía, residentes y extranjeros pueden consultar la información que les interesa sobre Bogotá, su historia, sus localidades, la gestión y principales noticias de la Administración Distrital.

Este artículo fue curado por pulzo   Sep 10, 2026 - 5:21 pm
Visitar sitio

La normatividad sobre el porte de armas de fuego en Bogotá experimentó un giro relevante con el anuncio realizado a través de la campaña ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’. Según información de la Décima Tercera Brigada del Ejército, fue expedida la Circular 00007540 de 2026, mediante la cual vuelve a tener eficacia la vigencia de los permisos individuales para el porte de armas de fuego en su jurisdicción. Esto responde de manera directa a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 1368 de 2026, el cual regula las condiciones bajo las cuales los ciudadanos pueden portar armas de fuego en el área aprobada.

Con este nuevo documento, queda sin efecto inmediato la suspensión general impuesta en la Resolución 00000248 de enero de 2026. Aquella resolución había suspendido, de manera retroactiva y por todo el año 2026, la vigencia de los permisos para porte de armas de fuego y armas traumáticas tanto de personas naturales como jurídicas. Esta decisión afectó a numerosos ciudadanos que, considerando vigente su permiso, debieron abstenerse de portar armas durante ese periodo.

No obstante, la Décima Tercera Brigada del Ejército enfatiza que la reactivación de los permisos tiene un alcance limitado. Enfatiza que solo conservan validez aquellos permisos que se encuentren vigentes y en regla, es decir, excluye de manera expresa los permisos vencidos, los suspendidos de manera individual, los cancelados o revocados, así como los que tengan algún tipo de restricción legal o por determinación judicial, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 6 del Decreto 1368 de 2026.

La Circular 00007540 de 2026 entra en vigor a partir de la fecha de su expedición y sus efectos son inmediatos. La autoridad militar insiste en que los ciudadanos deben verificar la vigencia y condiciones de sus permisos antes de portar cualquier arma de fuego para evitar sanciones o procesos legales. Asimismo, se hace un llamado a cumplir rigurosamente la normativa establecida, respetando las restricciones existentes y evitando situaciones irregulares o contrarias a la ley. Finalmente, recuerde que cualquier situación anómala o delito en Bogotá debe ser reportado a la Línea de Emergencias 123, lo que contribuye a fortalecer la seguridad y a que la ciudad camine de manera segura.

¿Qué permisos para porte de armas siguen siendo válidos en Bogotá tras las recientes modificaciones?

Después de la expedición de la Circular 00007540 de 2026 por parte de la Décima Tercera Brigada del Ejército, en Bogotá solo siguen siendo válidos los permisos individuales para porte de armas de fuego que estén vigentes y no presenten suspensión, cancelación, revocatoria, ni restricción judicial o legal, de acuerdo con lo destacado en el artículo 6 del Decreto 1368 de 2026.

¿Cuál es la diferencia entre armas de fuego y armas traumáticas en la normativa actual?

En la normativa referida, se diferencia explícitamente entre armas de fuego y armas traumáticas. Las armas traumáticas son objetos diseñados para causar impacto sin un proyectil letal, mientras que las de fuego emplean pólvora y proyectan balas. La suspensión previa afectaba ambos tipos de permisos, pero la reactivación se centra ahora únicamente en los permisos individuales para armas de fuego vigentes y legales.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

* Pulzo.com se escribe con Z

LO ÚLTIMO