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Dos meses después de que María Quevedo, dueña de una pastelería en Usaquén, fuera brutalmente agredida dentro de su propio negocio, la justicia tomó una decisión importante: Racifo Jesús Acosta Lizardo, el hombre señalado como responsable del ataque, fue enviado a prisión con medida de aseguramiento. Según informó la Fiscalía General de la Nación, Acosta deberá responder por el delito de homicidio en grado de tentativa, aunque el acusado no aceptó los cargos. La jueza de control de garantías determinó que, por la gravedad de los hechos, debía permanecer recluido en un centro carcelario mientras avanza el proceso.
La captura de Acosta ocurrió el pasado 21 de septiembre en una vía de Bogotá, tras una orden judicial. Inicialmente, la Policía lo detuvo en flagrancia la noche del ataque, pero el caso se manejó en ese momento como lesiones personales y el presunto agresor quedó en libertad. Este giro en la investigación provocó profunda indignación y rechazo en la comunidad, pues las imágenes de la agresión, captadas por cámaras de seguridad, circularon ampliamente y mostraban la brutalidad del acto.
Todo comenzó el 23 de julio cuando Acosta, empleado de la pastelería desde hacía unas semanas, exigió a Quevedo que le anticipara el pago de su salario. Al recibir una respuesta negativa, el hombre la golpeó fuertemente en el ojo izquierdo y la derribó. La Fiscalía relató que, ya en el suelo, la víctima fue agredida repetidamente en la cara y la cabeza, después arrastrada por el cabello detrás del mostrador, fuera de la vista de los clientes, mientras continuaba el ataque y la amenazaba.
María Quevedo, en su testimonio, negó cualquier deuda laboral. Afirmó que ya había cumplido con los pagos e incluso había adelantado dinero a su empleado. Explicó también que la noche del ataque no podía ejecutar una nueva transferencia porque había sido víctima de robo y tenía bloqueadas sus cuentas bancarias. Como resultado del ataque, la empresaria sufrió cerca de 80 lesiones, entre ellas fracturas y desprendimiento de cuero cabelludo, debiendo ser hospitalizada.
La puesta en libertad de Acosta generó una ola de críticas, incluidos pronunciamientos de la Alcaldía de Bogotá. Carlos Fernando Galán, alcalde de la ciudad, consideró inexplicable que el caso no se investigara como tentativa de feminicidio. Sin embargo, la Fiscalía decidió imputar el delito de tentativa de homicidio. Ahora, se deberá demostrar la intención del acusado de causar la muerte de su empleadora. Él mantiene la presunción de inocencia hasta que el juez decida.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Por qué la Fiscalía imputó tentativa de homicidio y no tentativa de feminicidio en el caso de María Quevedo?
La Fiscalía optó por imputar el delito de tentativa de homicidio en lugar de tentativa de feminicidio debido a los elementos con los que contaba en la investigación y la valoración inicial del caso. Aunque la Alcaldía de Bogotá y diferentes sectores de la ciudad consideraron que existían elementos para considerar el ataque como posible feminicidio, el ente acusador fundamentó su decisión en las pruebas y testimonios recogidos hasta el momento.
¿Qué significa homicidio en grado de tentativa y cómo se determina este delito?
El delito de homicidio en grado de tentativa se configura cuando una persona realiza actos concretos que buscan quitarle la vida a otra, pero no logra consumar el crimen por circunstancias ajenas a su voluntad. La Fiscalía debe demostrar en el proceso que el señalado tenía la intención clara de causar la muerte a la víctima para que el juez lo condene por este delito.
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