El porte de la dosis mínima de estupefacientes para consumo propio o de la dosis medicada en parques y espacio público volvió a ser permitido por la Corte Constitucional.

(Lea también: Congresista dio té, gomas y comida de marihuana en Cámara; quería ver si ponían “trabas”)

No obstante, se determinó que su consumo dependerá de los concejos municipales y asambleas, en relación con lo que pacten sobre qué parques y en qué áreas del espacio público se permitirá.

La Corte avaló un artículo de la Ley 2000 de 2019 que prohibió consumo y porte en parques o áreas del espacio público, pero consideró que esta norma era muy general, por lo que las autoridades que ejerzan poder de policía deberán definir de manera expresa en qué áreas rige esta prohibición.

Ante esto, la Alcaldía de Cali emitirá un decreto que establece una prohibición en el consumo de dosis personales de sustancias psicoactivas, entre ellas el cannabis, en espacios públicos.

Garantizar la seguridad y el bienestar de los niños, niñas y adolescentes es la premisa de la Administración Distrital, que ha conformado un comité interinstitucional liderado por la Secretaría de Seguridad y Justicia.

Cabe destacar que la Corte Constitucional sostuvo que para asegurar la aplicación de la ley y garantizar la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y de los consumidores, la Sala ordenó al Gobierno nacional que expida un protocolo “de aplicación de las disposiciones estudiadas por la Corte, orientado por el principio de interdicción de la arbitrariedad”.

Ese protocolo, según la Corte, deberá “enfatizar en la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; el respeto por los derechos fundamentales de los consumidores; la razonabilidad y la proporcionalidad de la actuación policiva para sancionar el porte y el consumo propio y con fines médicos de sustancias psicoactivas en los parques o zonas o áreas del espacio público determinadas por los concejos distritales y municipales en los planes o esquemas de ordenamiento territorial”.

¿Qué manifestó Jorge Iván Ospina, alcalde de Cali?

“Cómo puede ser legal que las personas consuman y siga siendo ilegal las personas que venden, que conforman bandas armadas, que son actividades delincuenciales de alto perfil, por eso, lo que hoy está andando en el Congreso es una ley que también legaliza la venta y de la mano de esa legalización tiene que existir en la autoridad local una decisión que contemple la posibilidad de ese consumo y la posibilidad de esa venta”, señaló el alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina.

Sin embargo, la Administración Distrital espera que el Congreso de la República apruebe la ley para determinar las condiciones de dicha restricción en Cali.

“Estamos esperando la ley que está en séptimo debate, se tiene que debatir en el mes de julio, para que, de la mano de conocer esa ley, nosotros podamos tomar las decisiones sobre cuáles podrían ser las zonas donde se pueda vender y consumir psicoactivos, hago referencia a marihuana”, agregó el burgomaestre.

  • ¿Cuál es el plan?
  1. Delimitar las zonas donde no se permitirá el consumo, incluso de dosis personales, en espacios utilizados para el descanso y el entretenimiento ciudadano.
  2. Se habilitarán espacios privados para el consumo regulado, especialmente para aquellas personas que se encuentran en tratamientos médicos para superar sus adicciones.
  • Para tener en cuenta:

La Sala Plena de la Corte Constitucional estudió una demanda que presentó en contra de esa ley el abogado Alejandro Matta y que solo se dirigió a la prohibición en parques o espacio público.

(Vea también: Santos agitó los humos por el cannabis en Colombia: “Voten a favor de la regulación”)

Es decir, continúa intacta la prohibición que fijó esa ley para hacer dicha acción en el perímetro de centros educativos o al interior de centros deportivos.

Esa ley se aprobó en el Congreso apenas dos meses después de que la Corte Constitucional tumbara la prohibición que inicialmente tenía el Código de Policía para consumir sustancias estupefacientes en el espacio público, especialmente en parques.

En Colombia está prohibida la venta y comercialización de estupefacientes con propósitos recreativos, considerando esta actividad ilícita, como el delito de tráfico de estupefacientes.

En relación con ese punto, el decreto que instalarán las autoridades de Cali no tendrá como objetivo regular la venta, ya que esto estaría en contra de la ley vigente.

En tal sentido, la Alcaldía de Cali está comprometida con la protección de los niños, niñas y adolescentes, y mediante la expedición de este decreto busca regular el consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos.

A su vez, la Administración Municipal busca brindar alternativas controladas para aquellas personas adictas que requieren tratamientos médicos.