Luego de la demanda que se presentó contra el nombramiento del exministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, como miembro de la Junta Directiva del Banco de la República, el Consejo de Estado negó la solicitud de suspender su elección, con lo que podrá ejercer su cargo sin ningún inconveniente.

Los demandantes señalaban que cuando el exministro reemplazó en el cargo a Carolina Soto en la entidad, el presidente de la República violó la conocida Ley de Cuotas, que obliga a que un 30 % de los cargos en entidades estatales sea ocupado por mujeres y denuncian que el mandatario ha puesto fichas de su preferencia.

El exministro de Hacienda previamente presentó su renuncia, tras anunciar una reforma tributaria a la cual parte de la ciudadanía respondió con manifestaciones entre abril y agosto del año pasado que desataron una ola de violencia en el país.

Además, uno de los demandantes consideró que el nombramiento viola el sistema de pesos y contrapesos, pues para él, la Constitución solo le permite al presidente nombrar a dos de los integrantes de dedicación exclusiva de la junta.

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“Sostuvo que el jefe del Estado ha nombrado a todos los actuales miembros, por lo que el solicitante considera que se genera una concentración excesiva de poder del Gobierno frente al Banco de la República. El solicitante advierte que se produjo una “cooptación” de la junta del emisor por parte el Ejecutivo”, recapituló el expediente del Consejo de Estado.

Según la decisión del alto tribunal, se advierte que la Constitución faculta al presidente para nombrar a los integrantes de la Junta y, dado que la carta no establece una manera distinta de elegirlos por falta absoluta, como en el caso estudiado, debe interpretarse que el nombramiento a cargo del presidente, en esta etapa del proceso, no evidencia el desconocimiento de normas en las que debía basarse.

“Una vez resuelto el examen al caso desde esa perspectiva, la corporación advirtió que en este punto del proceso no se ha probado que la elección de Alberto Carrasquilla afecte la autonomía funcional del emisor frente al Gobierno”, agrega el documento.