Escrito por:  Redacción Mundo
Dic 28, 2023 - 12:52 pm

La licencia de conducir en Colombia es tal vez uno de los documentos más anhelados. Tener un carro, moto u otro tipo de vehículo es una facilidad para la movilidad que muchos aprecian, aunque otros prefieren el transporte público.

(Vea también: Buenas noticias sobre licencia de conducción en Colombia para quienes no la han renovado)

Cuando se trata de viajar y estar en otros países, una duda muy frecuente es si el permiso que otorgan las autoridades colombianas funciona para manejar fuera de las fronteras nacionales y la respuesta es que sí, pero depende del destino.

Qué necesita un colombiano para manejar en Estados Unidos

Para el caso específico de Estados Unidos, las regulaciones varían dependiendo del estado que se tenga como destino. En algunos se requiere el Permiso de Conducir Internacional (IDP, por siglas en inglés).

Para conocer las condiciones del estado que va a visitar debe consultar en el Departamento de Vehículos Motorizados del estado que planea visitar, según afirma el sitio oficial del Gobierno de Estados Unidos.

En caso de necesitar un IDP, este debe tramitarse desde el país de origen, puesto que dentro de Estados Unidos no se emite para visitantes.

Para el caso de personas que tienen la intención de permanecer en Estados Unidos pueden ser aspirantes para una licencia de conducir en el estado en el que vayan a residir. Para esto es necesario consultar el Departamento de Vehículos Motorizados de cada jurisdicción para completar la solicitud con los documentos requeridos, que puede ser rastreado a través de una página web dispuesta por el gobierno de ese país.

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Qué países aceptan licencia de conducir colombiana

Gracias a los acuerdos bilaterales realizados, los colombianos pueden conducir en varios países solamente utilizando su licencia de conducción emitida en Colombia.

Argentina, Ecuador, México, Venezuela, España, Francia, Estados Unidos, Alemania, Canadá y Reino Unido son los países en donde se permite usar el permiso colombiano, siempre y cuando no se excedan los tiempos de permanencia permitidos y los motivos para conducir sean turísticos, según indica la Revista Motor.

 

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