Por: LARAZON.CO

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Este artículo fue curado por Sarah Gutierrez   Ene 23, 2025 - 5:21 pm
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El juez federal John C. Coughenour bloqueó temporalmente la orden ejecutiva del presidente Trump que pretendía restringir la ciudadanía por nacimiento a hijos de inmigrantes indocumentados y residentes temporales. La decisión responde a demandas presentadas por 22 estados, destacando Arizona, Illinois, Washington y Oregón.

La medida presidencial, firmada al inicio de su segundo mandato, buscaba negar la ciudadanía automática a niños nacidos en EE.UU. de padres indocumentados, estudiantes internacionales, trabajadores temporales o turistas. Según las demandas, esta restricción afectaría a más de 150.000 niños anualmente.

(Vea también: Trump sigue con mano dura frente a migrantes en EE. UU. y medida no tendrá excepciones)

Durante la audiencia, el juez Coughenour, nombrado por Reagan, calificó el caso como uno de los más claros en sus cuatro décadas de carrera, cuestionando duramente la constitucionalidad de la orden ante el representante del Departamento de Justicia, Brett Shunake.

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La orden ejecutiva, programada para entrar en vigor el 19 de febrero, enfrenta ahora un futuro incierto. Los demandantes argumentan que la medida contradice la decimocuarta enmienda constitucional y la tradición estadounidense de atraer inmigrantes mediante este derecho fundamental.

¿Cómo será la regularización de migrantes en España?

El Gobierno español anunció una regularización extraordinaria de personas migrantes en situación irregular, que podría beneficiar a alrededor de 500.000 personas. Se trata de un proceso excepcional mediante el cual personas extranjeras que hoy se encuentran en ese país sin permiso de residencia podrán obtener papeles de forma legal si cumplen una serie de requisitos básicos. Entre los requisitos que deberán cumplir son: Estén en España antes del 31 de diciembre de 2025 Puedan demostrar que llevan al menos cinco meses de residencia en el país No tengan antecedentes penales relevantes Este tiempo de permanencia podrá acreditarse con documentos como: Certificados de empadronamiento Informes médicos o citas sanitarias Contratos de alquiler Facturas de servicios como luz o agua

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