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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 15, 2025 - 6:18 am
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Con la promulgación de la Ley 2466 del 24 de junio de 2025, Colombia ha materializado una reforma laboral que pone en el centro la dignidad y el bienestar integral de los trabajadores, con énfasis especial en el ámbito de la salud. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), este tipo de reformas responde a una problemática histórica en la región, donde millones de trabajadores enfrentan barreras para atender su salud por temor a la pérdida de ingresos o sanciones laborales, situación que contribuye a la agravación de enfermedades evitables (OIT, 2024). Bajo este nuevo marco legal, se establecen obligaciones claras para los empleadores y se fortalecen derechos esenciales como el acceso a permisos remunerados para citas médicas y tratamientos de salud prolongados.

Uno de los avances centrales de la ley aparece en el artículo 15, que consagra el derecho de los trabajadores a ausentarse para citas médicas, tanto de urgencia como programadas, sin descuentos salariales ni la obligación de reponer las horas. Fabián Rodríguez Velásquez, abogado especializado en derecho laboral, resalta que para acceder a este derecho, se requiere la presentación de justificantes como certificados médicos u órdenes de consulta. El permiso también abarca el tiempo necesario para el desplazamiento de ida y regreso, garantizando así la integralidad de la protección.

La ley ofrece mayor claridad sobre el pago de incapacidades, abordado por Paulo César Rodríguez Franco, quien subraya el respeto al Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 100 de 1993. De acuerdo con la reforma, la Entidad Promotora de Salud (EPS) asume desde el primer día el 66% del salario hasta el día 90 y el 50% hasta el 180 en incapacidades de origen común, mientras que las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) cubren el 100% del salario hasta el día 180 para incapacidades laborales. Posteriormente, el Fondo de Pensiones debe evaluar la posibilidad de pensión por invalidez, lo cual garantiza una red de protección a largo plazo.

Otro aspecto relevante es la inclusión expresa de permisos remunerados para tratamientos crónicos como quimioterapia, diálisis o fisioterapia, que históricamente generaban incertidumbre laboral. Según la Fundación Friedrich Ebert, este avance marca un cambio hacia la humanización del empleo, al contemplar las necesidades reales de aquellos con enfermedades prolongadas (Fundación Friedrich Ebert, 2025).

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La ley también incorpora sensibilidad hacia situaciones específicas, como la salud menstrual. Como explica el abogado Johan David Ochoa Cárdenas, estos permisos—que deben ser acreditados—fortalecen la protección de derechos para las mujeres en el entorno laboral, cerrando brechas tradicionales en salarios y ausencias justificadas. Este enfoque ya venía siendo reclamado por organizaciones feministas laborales y organismos internacionales, como ONU Mujeres (ONU Mujeres, 2024).

El impacto de esta legislación se evidencia en testimonios recogidos en diversos medios, como el caso de Sofía Díaz, quien documentó la inseguridad histórica para tramitar permisos médicos sin temor a represalias o descuentos en el salario. Para trabajadores como ella, la regulación representa seguridad y respaldo, privilegiando la salud por encima de las presiones de productividad inmediata.

Expertos y organismos internacionales resaltan que la reforma enmarca a Colombia dentro de los países que siguen los estándares de la OIT sobre trabajo decente y salud ocupacional, equilibrando la productividad con los derechos humanos. Sin embargo, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) advierte sobre el riesgo de que obstáculos administrativos o culturales obstaculicen su implementación y recomienda complementar la nueva ley con acciones de sensibilización y fortalecimiento institucional.

En síntesis, la Ley 2466 representa un avance clave en el equilibrio entre salud y trabajo, al garantizar permisos remunerados, reglas claras para incapacidades y una acogida a condiciones médicas crónicas, fortaleciendo un entorno laboral humano y justo en Colombia.

¿Cómo deben los empleadores acreditar o recibir las justificaciones médicas para permisos remunerados?
El proceso de justificación para permisos remunerados bajo la Ley 2466 exige la presentación de certificados médicos u órdenes de consulta que validen la necesidad de ausentarse del trabajo. Esta medida busca garantizar que los derechos reconocidos no sean objeto de abuso, pero al mismo tiempo protege la privacidad y la dignidad de los trabajadores. La claridad en los requisitos para justificar las ausencias médicas aspira a evitar conflictos laborales y otorga seguridad tanto a empleados como a empleadores.
El impacto de este procedimiento se refleja en la necesidad de que los equipos de recursos humanos estén debidamente capacitados, tal y como recomienda el Banco Interamericano de Desarrollo. El correcto manejo de documentos y la garantía de un trato respetuoso y ágil son clave para la efectiva protección de los derechos laborales que establece la ley.

¿Cuál es la diferencia entre incapacidad de origen común y laboral según la reforma?
La reforma distingue entre incapacidades de origen común—causadas por enfermedades fuera del trabajo—y las incapacidades laborales—vinculadas a accidentes o enfermedades generadas en el ámbito laboral. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) cubren las de origen común, mientras que las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) asumen las de origen laboral, garantizando una cobertura económica diferenciada y ajustada a la realidad de cada caso.
Entender esta diferencia es esencial para que los trabajadores accedan a los derechos y apoyos correctos dentro del sistema de seguridad social. La reforma precisa los porcentajes de pago y los organismos responsables, dotando de mayor transparencia y seguridad jurídica los procesos de recuperación y retorno al trabajo.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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