
A partir del primero de junio de 2025, entró en vigor un decreto del Gobierno de Gustavo Petro que aumenta la retención en la fuente para la venta de inmuebles, lo que impactará de forma significativa al sector inmobiliario en Colombia.
Según Fedelonjas, esta medida afectará la compraventa de vivienda no VIS, así como las actividades de corretaje, gestión y avalúos.
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La nueva norma establece que si el valor del inmueble supera los 10.000 UVT (497,9 millones de pesos), se aplicará una retención del 1% sobre ese monto y del 2.5% sobre el excedente. Así las cosas, la venta de una casa de 500 millones de pesos tendrá una retención de poco más de 5 millones de pesos, por ejemplo.
En el caso de inmuebles que no sean de vivienda, la retención será del 2.5% desde el primer peso. Esto representa un aumento considerable frente al 1% fijo anterior.




Además, al sumar otros tributos, como el impuesto de timbre, la retención total puede alcanzar hasta el 4.88%. También se incrementan las autorretenciones para quienes trabajan en actividades inmobiliarias.
Fedelonjas advierte que esto puede desacelerar el mercado y llama a los actores del sector a revisar sus obligaciones fiscales y adaptar sus procesos. La organización también buscará dialogar con el Gobierno para mitigar el impacto de estas medidas y promover la formalidad en el sector.
Por qué se pagan impuestos por vender casas
En Colombia, vender una casa implica el pago de impuestos y retenciones debido a la normativa fiscal que rige las transacciones de bienes inmuebles. Estos tributos responden al principio de que toda ganancia obtenida por una persona natural o jurídica debe contribuir al financiamiento del Estado. La venta de un inmueble puede generar una utilidad o ganancia ocasional para el vendedor, lo cual constituye un ingreso que está sujeto a imposición según la ley tributaria. En este contexto, los impuestos permiten que el gobierno financie servicios públicos, infraestructura, salud, educación y otros programas sociales. En particular, cuando una persona vende un inmueble por un valor superior al que originalmente lo adquirió, se considera que ha obtenido una ganancia sobre la cual debe tributar.
Uno de los mecanismos que utiliza la administración tributaria para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones es la retención en la fuente, una figura mediante la cual se anticipa el pago del impuesto correspondiente. En lugar de esperar a que el contribuyente declare y pague el tributo meses después, el Estado exige que se retenga un porcentaje del valor de la venta en el momento de la transacción. Este dinero lo recauda el comprador o el notario (según el caso) y se lo entrega directamente a la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales). De esta manera, se asegura que el Estado reciba una parte del impuesto de forma inmediata, lo que mejora el flujo de recursos públicos y reduce la evasión fiscal.
Además de la retención en la fuente, también pueden aplicarse otros tributos relacionados con la venta de inmuebles, como el impuesto de timbre y la ganancia ocasional. El impuesto de timbre grava ciertos actos jurídicos documentales, como escrituras públicas, mientras que la ganancia ocasional grava la diferencia entre el valor de venta y el costo fiscal del bien, si supera ciertos topes.
Quiénes pagan esos impuestos por ventas
Estas obligaciones no solo aplican al vendedor, sino que también afectan a quienes trabajan en el sector inmobiliario, como agentes, corredores y valuadores, quienes deben aplicar autorretenciones sobre los ingresos obtenidos por su actividad.
En resumen, el pago de impuestos y retenciones al vender una casa en Colombia no es arbitrario. Está fundamentado en la necesidad del Estado de captar recursos para su funcionamiento, en el principio de equidad tributaria y en la regulación de los ingresos derivados de transacciones inmobiliarias. Aunque pueden representar un costo significativo, estos pagos son parte esencial del sistema fiscal del país.
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