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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, este jueves 23 de julio, emitió una determinación clave relacionada con la transparencia financiera de la Nueva EPS, entidad prestadora de servicios de salud. Según la información conocida, el Tribunal ordenó a la Nueva EPS elaborar, certificar, difundir y publicar sus estados financieros correspondientes a los años 2023, 2024 y 2025. La orden establece un plazo máximo de tres meses para cumplir con estas obligaciones, recalcando la importancia de la rendición de cuentas en el sector salud.
Esta decisión surgió tras el análisis de una acción de cumplimiento interpuesta por la Fundación para el Estado de Derecho. Dicha acción apuntaba al supuesto incumplimiento de los deberes legales de la Nueva EPS relacionados con la preparación, aprobación y divulgación de sus estados financieros en el periodo mencionado. Según el Tribunal, los artículos 34 y 42 de la Ley 222 de 1995 imponen “mandatos claros, expresos e inobjetables”, lo que significa que no admiten interpretaciones diferentes respecto a la obligatoriedad para las empresas, incluidas las de salud, de cumplir con la elaboración y publicación de sus estados financieros.
Adicionalmente, el Tribunal hizo referencia a la Circular Externa 016 de 2016, emitida por la Superintendencia Nacional de Salud. Esta circular regula el procedimiento y los plazos para que las entidades vigiladas reporten y hagan pública su información financiera. Según lo explicado en el fallo, la obligación establecida por dicha circular es considerada una “obligación de resultado”; es decir, se exige el cumplimiento concreto de lo ordenado, sin validez de justificaciones basadas en procesos internos como saneamiento, validación o depuración contable.
En el pronunciamiento, el Tribunal descartó que la existencia de procesos administrativos internos pueda servir de excusa para no cumplir con el deber legal, recordando que el plazo ya había vencido en los años en cuestión. Finalmente, la publicación de estados financieros fue destacada por el Tribunal como un “mecanismo esencial de transparencia y control” sobre la información relacionada con entidades sujetas a vigilancia estatal. Por ello, la Nueva EPS debe cumplir con las condiciones establecidas tanto por la Ley 222 de 1995 como por la Superintendencia Nacional de Salud, según recogió El Espectador.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Qué ordenó exactamente el Tribunal Administrativo de Cundinamarca a la Nueva EPS?
De acuerdo con lo dispuesto por el Tribunal, la entidad de salud debe redactar, certificar, difundir y publicar sus estados financieros de los años 2023, 2024 y 2025 en un término máximo de tres meses, sin admitir retrasos ni excusas ligadas a procedimientos internos de revisión o depuración contable.
¿Por qué la publicación de los estados financieros de la Nueva EPS es considerada una obligación legal y de transparencia?
Según el Tribunal, la elaboración y divulgación de la información financiera está ordenada en la Ley 222 de 1995 y por las instrucciones de la Superintendencia Nacional de Salud. Esta medida busca garantizar la transparencia y el control ciudadano sobre la gestión de entidades sometidas a vigilancia estatal, especialmente en el caso de las prestadoras de servicios de salud.
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