La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo que así lo contemplaba por no contar con el aval gubernamental, informó Semana.
Y es que, pese a que el ministerio de Hacienda tampoco lo había objetado, reivindicarlo es requisito sin el cual la medida fue declarada inconstitucional, añade esa revista.
El artículo había sido incluido por el senador y ponente conservador David Barguil y representaba un recaudo de 7 billones de pesos, añade ese medio.
Sin embargo, la propuesta había pasado sin problemas la primera vez por el Congreso e incluso sobrevivió en el proyecto, prácticamente idéntico, que radicó el Gobierno, después de que el alto tribunal tumbara la ley entera hace algunos días.
Es por esto que Semana comenta que esto significaría la aprobación tácita de parte del Gobierno. En eso diferían los magistrados Gloria Ortíz, Cristina Pardo, Luis Guillermo Guerrero, Alejandro Linares y José Fernando Reyes, quienes votaron para hundir el artículo, con Carlos Bernal y Alberto Rojas Ríos, quienes se opusieron.
Según El Espectador, estos últimos pensaban que “el artículo sí podía considerarse constitucional pues lo que no existió en el debate fue una posición clara sobre este asunto por parte del ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla”, y “en consecuencia, la norma era válida”.
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