Esa emisora, incluso, afirma que varios expertos señalaron al Gobierno de haber aprobado esta operación desconociendo riesgos jurídicos, financieros y técnicos que se podrían configurar con el préstamo a Avianca.

El contrato en el que se basa La W fue firmado con la firma extranjera Arnold & Porter Kaye Scholer, que se encargaría de identificar dichos riesgos de la operación. El documento se habría pactado un día antes del anuncio; sin embargo, el Ministerio de Hacienda no se ha querido referir a dicho contrato.

Otros detalles que menciona ese mismo medio se centran en que Avianca se haría cargo de pagar por el estudio a la firma que, finalmente, dará el visto bueno de la transacción.

“(…) no se puede esperar, según analistas, que el dictamen sea objetivo y que tenga un criterio técnico, ya que la misma aerolínea pagará a su evaluador”, asegura La W.

Semana, por su parte, se pregunta si el Gobierno, con base en el mencionado contrato, se apresuró a anunciar el préstamo a favor de la aerolínea. Y entrega detalles del documento como, por ejemplo, que fue firmado por el viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño (como representantes del Ministerio de Hacienda), y Raúl Herrera, representante legal de firma asesora.

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De acuerdo con este último medio, se trata de un acuerdo por prestación de servicios y Arnold & Porter Kaye Scholer es una firma de abogados de Estados Unidos.

“El salvamento de Avianca es clave para el país, pero creo que se debió esperar un poco más antes de anunciar la participación en el proceso“, aseguró una fuente que conoció del proceso con esta consultora, citada por Semana.

El tema del préstamo para la aerolínea sigue vivo en Colombia y esta semana se conocieron algunos puntos clave del acuerdo con el Gobierno. La aerolínea espera el aval del juez del proceso de insolvencia para recibir el crédito a 18 meses por 370 millones de dólares (cerca de 1,3 billones de pesos).

Claves del préstamo de Colombia a Avianca

  1. El crédito, que será bajo la figura de deudor en posesión (DIP), tiene como garantías la participación en Lifemiles, Avianca Cargo y cuentas en efectivo, entre otros.
  2. El Gobierno tiene prioridad y preferencia en el pago, sobre otros prestamistas de la aerolínea, al hacer parte del Capítulo 11 del Código de Bancarrota de los Estados Unidos.
  3. La plata que prestará el Gobierno de Colombia no se irá a las arcas de los socios de la empresa, sino a la firma como tal.
  4. En caso de que se apruebe el proceso de reestructuración, el juez será el encargado de vigilar en qué se invertirá la plata.
  5. El préstamo del Gobierno a Avianca no es convertible en acciones.