
En medio de la realidad económica en Colombia, una particularidad sobre la estructura de los bancos no pasa desapercibida para algunas personas que van a llevar a cabo sus transacciones en su cotidianidad.
¿Por qué los bancos no prestan los baños al público?
En Colombia, los bancos no están obligados por ley a ofrecer baños al público, a diferencia de otros establecimientos comerciales. El Código Nacional de Policía (Ley 1801 de 2016) establece que todos los establecimientos de comercio abiertos al público deben prestar el servicio de baño a niños, mujeres en evidente estado de embarazo y adultos de la tercera edad cuando así lo soliciten, sin importar que los mismos sean sus clientes o no.
Sin embargo, esta obligación no se extiende a otros grupos de personas, como personas en situación de discapacidad o con movilidad reducida. La Corte Constitucional ha señalado que el legislador incurrió en una omisión al no incluir a estas personas como beneficiarios especiales del servicio, lo que podría vulnerar sus derechos fundamentales.
En el caso de los bancos, no cuentan con baños para el público debido a consideraciones de seguridad, privacidad y control de acceso. Dado que esos lugares pueden ser utilizados por personas ajenas a la entidad, su ausencia puede ser una medida para evitar riesgos y mantener el orden dentro de las instalaciones.
“Los baños son lugares propicios para la ejecución de actos ilícitos pues en estos la gente se esconde, aprovechando la privacidad que ofrecen, para, entre otros, dejar elementos explosivos, esperar a quienes han retirado dinero y después seguirlos (fleteo) e, incluso, dentro del mismo baño, asaltar a otras personas”, indicó María Mercedes Cuellar, presidenta de Asobancaria en 2009, cuando entonces emitió una carta al respecto, replicada por Caracol Radio.
Si un ciudadano considera que se le ha negado el acceso al baño en un establecimiento comercial, puede presentar una denuncia ante el CAI de la Policía más cercano. El incumplimiento de esta norma puede acarrear una multa de 121.000 pesos o la suspensión temporal de la actividad económica, dependiendo de si es reincidente.
¿Por qué no se puede usar gorra en el banco?
Si bien no existe una ley que prohíba el uso de gorras en bancos en Colombia, muchas entidades financieras implementan políticas internas que requieren que los clientes se retiren la gorra al ingresar a las sucursales. Estas medidas están orientadas a mejorar la seguridad dentro de la institución.
El uso de gorras, lentes oscuros o capuchas puede dificultar la identificación de personas en las cámaras de seguridad, lo que representa un riesgo en caso de actividades delictivas.
Los bancos tienen la facultad de establecer sus propias normas de seguridad y protocolos de atención al cliente. En algunos casos, se ha solicitado a los clientes que se retiren la gorra como parte de estas medidas.
Recomendaciones para los clientes
- Cumplir con las normas del banco: si al ingresar a una sucursal se le solicita retirar la gorra, es recomendable acatar la indicación para evitar inconvenientes.
- Consultar con el banco: si se tienen dudas sobre las políticas de vestimenta, es posible comunicarse directamente con la entidad financiera para obtener información específica.
- Considerar alternativas: si el uso de la gorra es necesario por razones personales o de salud, informar al personal del banco para explorar posibles soluciones.




¿Cuánto dinero se puede ingresar en el banco sin tener problemas?
En Colombia, no existe un monto específico que se pueda ingresar en efectivo a la cuenta bancaria sin que se produzca un reporte automático. Sin embargo, es importante tener en cuenta ciertos límites y regulaciones para evitar inconvenientes.
Aunque no hay un límite exacto para los ingresos en efectivo, las entidades financieras están obligadas a reportar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) cualquier transacción que supere los 65’891.000 de pesos acumulados en un año. Este monto corresponde a 1.400 Unidades de Valor Tributario (UVT) y es un umbral utilizado para determinar si una persona debe declarar renta.
Si se recibe una cantidad significativa de dinero en la cuenta, ya sea en efectivo o mediante transferencia, el banco puede reportar esta transacción a la DIAN. Es fundamental que se pueda justificar el origen de estos fondos para evitar posibles investigaciones por lavado de activos o evasión fiscal.
Es importante mantener documentación que respalde el origen de los fondos, como contratos, facturas o declaraciones de impuestos, además de no ejecutar depósitos en efectivo que sean significativamente mayores a los ingresos habituales, ya que esto puede levantar sospechas.
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