La iniciativa contempla que los tiquetes aéreos, desde y hacia destinos como Guajira, Puerto Carreño y Mompox queden exentos de IVA para incentivar el turismo, valor con el que se podrían beneficiar los turistas.

El punto de la reforma, a cuyo texto tuvo acceso Pulzo, fija este beneficio para los turistas señala puntualmente:

“El transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado. Esta exclusión también aplica para el transporte aéreo turístico con destino o procedencia al departamento de La Guajira y los municipios de Nuquí, en el Departamento de Chocó, Mompóx en el Departamento de Bolívar y Tolú, en el Departamento de Sucre”.

Sumado a esto, la tributaria, que reemplazará a la Ley de Financiamiento que tumbó la Corte Constitucional, excluye de IVA los servicios de hotelería y turismo prestados en municipios que son catalogados como zonas de régimen aduanero especial como los siguientes:

  1. Zona de régimen aduanero especial de Urabá, Tumaco y Guapi.
  2. Zona de régimen aduanero especial de Inírida, Puerto Carreño, La Primavera y Cumaribo.
  3. Zona de régimen aduanero especial de Maicao, Uribía y Manaure

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Y es que las leves diferencias con lo aprobado en el Senado radicaban en artículos que ya habían sido dados por superados, lo que obligó a que terminaran reabriéndose y acomodándose. Esto no gustó a algunos representantes, que se quejaron diciendo que esa conducta mancillaba el espíritu bicameral del legislativo colombiano pues la cámara baja siempre terminaría supeditada en relación con la alta.