Las fotomultas —aquellas infracciones captadas mediante cámaras, radares u otros sistemas automáticos— implican procedimientos administrativos específicos que las autoridades de tránsito deben cumplir para garantizar el debido proceso.
Si esos plazos no se respetan, el ciudadano tiene derecho a cuestionar la multa e incluso solicitar su nulidad.
Multas de tránsito: plazos legales, validación y notificación
En Colombia, al generarse una presunta infracción detectada por un “SAST” (Sistema Automático o Semiautomático de Tránsito) la autoridad inicia un proceso: primero la validación del comparendo y luego la notificación al propietario del vehículo. Según la normativa, la validación debe haberse realizado dentro de los diez 10 hábiles siguientes a la ocurrencia de la infracción.
Una vez validado el comparendo, la entidad de tránsito cuenta con un plazo de tres días hábiles para notificar formalmente al infractor, ya sea mediante correo físico, correo electrónico o publicación de aviso en estrados, en los casos que aplica.
En otras palabras, sumando los plazos, la autoridad tiene un máximo de 13 días hábiles para que el ciudadano reciba la orden de comparendo después de que ocurrió la infracción. Si la notificación no se hace en ese lapso, el acto puede presentar vicios de nulidad por violación del principio de publicidad y del derecho a la defensa.

¿Qué sucede después de la notificación?
Una vez notificado el comparendo, el infractor tiene un plazo de 11 días hábiles para presentarse, ya sea de forma presencial o virtual, ante la autoridad de tránsito competente para ejercer su derecho de defensa y presentar pruebas.
Si la autoridad de tránsito no cumple estos plazos —es decir, la validación excede los 10 días o la notificación se demora más de 3 días hábiles tras la validación— el acto administrativo podría ser declarado inválido ante los tribunales o incluso mediante una acción de tutela, dado que se vulnera el debido proceso.
(Vea también: Motociclistas ya no sufrirán por esta multa: agentes de tránsito no podrán imponer sanción)
¿Cómo solicitar la nulidad?
Para solicitar la nulidad de una fotomulta por incumplimiento de plazos, el ciudadano debe recopilar evidencia —como fecha de la infracción, fecha de la notificación, actividad del organismo de tránsito— y presentar un recurso de reposición o apelación, según el organismo competente.
En casos graves de vulneración de derechos fundamentales, puede acudir a la vía de tutela. Los expertos recomiendan mantener actualizados los datos en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), ya que la dirección registrada define dónde debe notificarse.
En conclusión, si recibe una fotomulta y nota que la autoridad superó los plazos legalmente establecidos, tiene bases sólidas para impugnar la sanción.
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